Una empresa desea terminar la relación laboral con Juan , un trabajador con mas de 20 años de antiguedad.
Para ese fin , la empresa otorga a Juan un incentivo para que renuncie .
El trabajador acepta.
Pero en su liquidación de beneficios sociales , el empleador descuenta de su compensación por tiempo de servicios el monto que se acordo pagar como incentivo para que renuncie.
¿ Es legalmente aceptable eso?
¿ Los incentivos por renuncia que el empleador otorga al trabajador pueden ser compensados con su CTS?
Lo incentivos que el empleador puede otorgar al trabajador para que este renuncie no son compensables ( descontados)de la CTS del trabajador , aun cuando las partes asi lo indiquen.
Base legal :
Ley 27326
Por lo tanto a Juan deberan reintegrarle el monto descontado de su compensación por tiempo de servicios.
Conviértase en seguidor de este blog
Ingrese aquí
==========================
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Comentarios o Consultas