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Por locación de servicios el locador se obliga , sin estar subordinado al comitente , a prestarle sus servicios por cierto tiempo o para un trabajo determinado , a cambio de una retribución.
Base legal : articulo 1764 Código Civil.
Ejemplo : Un abogado contratado por una empresa como asesor legal externo para prestar sus servicios absolviendo las consultas de aquella , pero con total dominio de la disposición de su tiempo y energía laboral .
Esto es , en relación de autonomía con la empresa y no subordinado a ella.
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Lo esencial en un contrato de locación de servicios
Lo central en el contrato de locación de servicios es la prestación de servicios, no sujetándose el pago de la retribución a la concreción de un resultado especifico deseado , sino simplemente a un actuar diligente y ajustado a los términos de contrato.
Semejanza con el contrato de trabajo
En esa media la locación de servicios se asemeja al contrato de trabajo, pero se diferencia de este en que el locador no pone su fuerza de trabajo a disposición del comitente cono si lo hace el trabajador respecto del empleador , de quien recibe órdenes que debe cumplir.
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