Usted debe saber esto : El aporte a sistema de pensiones del trabajador independiente ha sido derogado , manteniendose la posición de ser una opción voluntaria.
Lo siguiente ya no esta esta vigente : Solo con ifnes historicos
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Usted debe saber:
Las disposiciones sobre aporte a un sistema de pensiones están creando dos tipos de trabajadores independientes :
a.- Aquellos que están obligados por ley a realizar un aporte a sistema de pensiones
Sea este al sistema nacional o al sistema privado.
b.- Aquellos que pueden aportar a sistema de pensiones de manera voluntaria
Son personas que han nacido antes del 01 de Agosto de 1973
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Aunque parezca increíble : La información que brinda la SBS y ciertos medios de comunicación escrita esta sesgada a favor del Sistema Privado de Pensiones.
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a.- Obligados : No quiero...
¿A qué se refiere con eso de que “los trabajadores independientes menores de 40 años” deben aportar a un sistema de pensiones?
Para ser más claros en el tema , debe entender que las personas nacidas a partir del 01/08/1973 y que realicen labores independientes deberán elegir un sistema de pensiones y empezara a aportar desde el 01 de Agosto del 2014.
b.- La afiliación : Siga estos pasos
¿Cómo me afilio?
1.- Al sistema privado de pensiones
¿Es cierto que a partir del 01 de Agosto 2014 el trabajador independiente deberá ingresar a una AFP?
No.
El trabajador independiente nacido a partir del 01/08/1973 y que no tenga un sistema de pensiones elegido al 01 de Agosto 2014, deberá proceder a elegir uno.
Dicha elección deberá hacerlo entre el sistema nacional de pensiones ( ONP) o el sistema privado de pensiones.
Si el trabajador independiente obligado, ya eligió en fecha anterior ingresar a una AFP , deberá mantenerse en ella.
¿Si el trabajador independiente desea elegir ingresar al sistema privado de pensiones ?
Aquí se presenta dos situaciones:
a.- Si eres trabajador nuevo y eliges el Sistema privado de pensiones , deberás afiliarte a la AFP Habitat que por su menor comisión gano la licitación pública.
¿ Como me afilio a la AFP Habitat ? : Existen dos formas , vía electrónica y la presencial.
vía electrónica - Ingrese la web de AFP Habitat ( www.afphabitat.com.pe) donde llenara un formulario , el cual será validado por la AFP y a por medio de su correo electrónico le enviaran el registro DRSPP.
vía presencial - A través de visita a la oficina principal de AFP Habitat o agencia banco de la Nación autorizada , donde llenara un formulario y al final le entregaran su contrato de afiliación.
b.- Si ya estas afiliado a otra AFP , solo debes ingresar a AFPNET para calcular tus aportes.
2.- Al sistema nacional de pensiones
Debe ingresar a la
web de la ONP
a.-No se encuentran afiliados al Sistema Privado de Pensiones - SPP.
b.-Perciben rentas de cuarta categoría y/o cuarta-quinta categoría (literal e. Artículo 34° de la Ley del Impuesto a la Renta).
c.-Hayan nacido a partir del 1 de agosto de 1973
Algo que debe saber y nadie le dice :
Si un trabajador independiente que nació antes del 01/08/1973 decide voluntariamente aportar aun sistema de pensiones .
La tasa de aportes no será la progresiva , sino :
a.- Si elige la ONP , el 13 % de sus ingresos mensuales
b.- Si elige ingresar a una AFP ( En esta caso obligatoriamente a la AFP Habitat) , aportara el 10 % mas el importe por seguro de invalidez y comisiones vigentes .
c.- Agentes de retención: ¿ Quien me va a descontar de mi recibo?
¿Quién debe retener los aportes ?
Esto a través de los agentes de retención
Los agentes de retención son las personas, empresas o entidades que tengan rentas de cuarta y/o cuarta-quinta categoría.
También están consideradas todas las entidades de la administración pública que paguen tales ingresos.
Los agentes de retención pueden ser varios para un mismo trabajador independiente
d.- ¿Cuándo debo aportar? : Esto duele
¿El trabajador independiente obligado deberá aportar al sistema de pensiones elegido sin considerar el monto que cobra por sus servicios al mes?
No.
Solo deberás aportar si tienes un ingreso mensual desde S/ 750.00 a mas
Si en un mes recibo menos de S/750.00 ¿ Debo aportar ?
No.
No debe aportar por ese mes.
e.- La tasa de aporte será gradual hasta el 2017 : Para que no lo sienta
Usted debe saber : Un trabajador en planilla de manera normal , debe realizar un aporte obligatorio .
Para el sistema nacional de pensiones 13 %
Para el sistema privado de pensiones 10 %
Este aporte obligatorio es el monto que conforma la base de cálculo para su futura pensión .
En el sistema Privado de pensiones, se paga otros conceptos
Comisión por administración del fondo
Prima de seguro
Estos montos no entran en el cálculo para su futura pensión.
Cuando la normas sobre aportes de trabajador independiente obligados habla sobre “tasa de aporte gradual “, solo se refiere al aporte obligatorio.
Sistema Nacional de Pensiones
¿ Si elijo ingresar al sistema nacional de pensiones?
Durante el primer año (es decir 2014 ) deberá aportar solo el 5 % de sus ingresos mensuales
Ejemplo :
Si en un mes percibe S/.1,000
Deberá aportar S/ 50.00
( 1,000 x 5 % )
Recuerde: Para aportar debe haber ganado mínimo S/ 750.00 en dicho mes.
Sistema Privado de Pensiones
¿Si elijo ingresar al sistema privado de pensiones, cuanto debo aportar durante el año 2014?
Durante el primer año ( es decir 2014 ) , deberás aportar solo el 2.5 % de tus ingresos mensuales
Ejemplo , si en un mes percibe S/.1,000
Esta en AFP Habitat
Si eligió la comisión mixta:
deberá aportar S/.42
( 1,000 x 4.2 % )
Si esta en comisión por flujo: Debe aportar S/ 52.00
( 1,000 x 5.2 % )
Recuerde: Para aportar debe haber ganado mínimo S/ 750.00 en dicho mes.
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El problema de las comisiones
Si usted elije ingresar al sistema privado de pensiones , le descontaran de su ingreso mensual :
a.- El aporte obligatorio : Que es gradual .
b.- La prima de seguro : Que es igual para cualquier AFP
c.- La comisión
Sobre este ultimo concepto , la SBS determino que las comisiones a ser pagadas por los trabajadores independientes eran muy altas en relación al aporte gradual decretado por la ley.
En consecuencia se sugirió un mecanismo alternativo , es así como nace los Planes de descuentos
Dichos planes de descuentos están orientados a disminuir temporalmente el importe por pagar por comisiones.
Ver mas sobre los planes de descuentos : Pulse aquí
f.- Pago de aportes
¿Cuándo realizo el pago de mis aportes?
A los cinco días del mes siguiente de percibidos sus ingresos.
Caso ONP :
la Sunat estará a cargo del proceso de recaudación de los aportes a la ONP.
Caso AFP :
Si el trabajador independiente se encuentra afiliado al SPP, la empresa, como agente retenedor, deberá realizar la retención y pago de los aportes previsionales, dentro de los primeros cinco días útiles del mes siguiente a través de AFPnet.
g.- Retención
¿Quién debe retener mis aportes?
La retención dependerá si emito el recibo por honorarios a un particular o a una empresa.
Si la empresa a la que le emito es agente de retención, esta deberá hacer la retención y el pago de aportes a la AFP u ONP.
Aquí el trabajador independiente deberá entregar al agente de retención copia del DRSPP o el contrato de afiliación ,según corresponda , conjuntamente con su recibo por honorarios.
El agente de retención ( la empresa que lo contrato) deberá declarar y pagar los aportes dentro de los primeros 05 días del mes siguiente de haber pagado del recibo por el servicio prestado:
a.- Si es para una AFP a través de AFP Net
b.- Si es para la ONP , a través de SUNAT virtual
PDT 616 o el Formulario Virtual 616
¿ Y qué pasa si la empresa no es agente de retención?
El mismo trabajador independiente realizara los cálculos de los ingresos y el pago de los aportes
Si esta en el sistema nacional : A través de Sunat
Si esta en el sistema privado de pensiones ( AFP) : A través de AFPNet
Consulta : ¿ Que pasa si tengo varios trabajitos como por ejemplo de 500 soles cada recibo pero en el mes tengo cuatro o sea 2000 por lo cual no me han retenido el empleador yo mismo tengo que depositar a la afp?
Respuesta : Si , esa es la idea.
h.- Los recibos por honorarios
¿ Y cómo registro los aportes en el recibo por honorarios ? , los he revisado y no tienen campos para incluir dicho pago.
Deberá :
Si sus recibos son físicos
Mandar confeccionar nuevos recibos con los campos donde se anote los aportes al sistema pensionario
o Si lo desea utilizar la parte blanca del recibo donde a "puño y letra" podrá incluir el aporte por pensiones.
Si está afiliado al sistema de recibos electrónicos sunat
Solo debe seguir las indicaciones del sistema
i.- Regularización.
¿Si no se retuvo los aportes en su momento, como se regularizara?
En el caso de la AFP :
De existir aportes que no fueron retenidos, el trabajador independiente deberá regularizar estos pagos (de manera individual y bajo su responsabilidad )dentro de los primeros cinco días del mes siguiente de percibidos esos ingresos también a través de AFPnet
En el caso de la ONP:
Debera ingresar al aplicativo de renta cuarta categoria trabajador independiente en Sunat - virtual
j.- Doble condición.
Trabajo en una empresa estando en planilla y también hago “cachuelos” independientemente como profesional emitiendo recibos honorarios , ¿ Cómo debo aportar ?
Si el trabajador independiente tuviese ( a la vez ) la condición de dependiente, los aportes previsionales se realizarán de acuerdo a cada condición.
Hay casos de personas que son empleados dependientes, pero también laboran de manera independiente en simultáneo.
En estos casos, ellos deberán aportar a su fondo de pensiones en base a su ingreso total, sumando sus ingresos como dependiente e independiente.
Además, en estos casos, todos los aportes irán al mismo fondo de pensiones, el trabajador no podrá tener dos fondos diferentes a la vez.
Es importante señalar que el aporte, las comisiones y seguros que cobran las AFP, se calculan en base al ingreso total mensual del trabajador, ya sea ingresos como dependiente, independiente o la suma de ambos.
k.- La pensión de los trabajadores independientes
Y ¿Cuánto seria la pensión de un trabajador independiente?
Los montos no serán significativos , sobre todo para las personas con más de 35 años de edad.
Para los trabajadores de bajos ingresos les conviene más afiliarse al sistema nacional de pensiones ( ONP) que a una AFP ( Sistema privado de pensiones , ejemplo : HABITAT) .
La pensión en una AFP podría llegar a ser S/ 225.00
En cambio en el sistema nacional de pensiones recibirá la pensión mínima de S/ 415.00 y hasta un tope máximo de S/ 857.00 . Esto siempre y cuando cumpla con aportar 20 años al sistema .
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Vea también :
Trabajador independiente que no aporte no será sancionado
¿ Y que pasara con los trabajadores independientes mayores de 40 años?
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