Independientes que no realicen aporte a sistema de pensiones no tendrán sanción


Ni la SBS ni la Sunat tienen procedimientos sancionadores a personas naturales en temas previsionales. Solo hay sanciones para empresas

Esto parece una broma de mal gusto...

A partir del 01 de Agosto 2014 os trabajadores independientes nacidos desde el 01 Agosto 1973 están obligados a elegir y aportar a un sistema de pensiones (la ONP o AFP).

¿ Y que pasaria si el independiente obligado no cumple ?En caso no hacerlo, las personas naturales no tendrían ninguna sanción, como la tienen las empresas.

Existen dos formas de aportes de los independientes.
La primera es cuando los ingresos los recibe de una empresa,esta funciona como agente retenedor y está obligada a hacer el aporte.
¿ Que pasaria si la empresa no cumple ?

De no hacerlo será sancionada por :
a.- Si el independiente esta afiliado a la ONP : Sancionado a traves de la SUNAT
b.- Si el independiente esta afiliado a una AFP : Sancionado a traves de la SBS

La segunda forma es si el ingreso de los independientes viene de un consumidor final.
En este caso el aporte es responsabilidad del propio independiente quien deberá hacer todo el trámite en el AFP Net.
Sin embargo, de no hacerlo no tendría ninguna sanción.

Usted debe saber esto : En el sistema nacional de pensiones
El independiente que no cumpla con aportar , no sera sancionado.

Algo falta en el sistema privado de pensiones
La reforma del Sistema Privado de Pensiones no tiene precisiones sobre sanciones.
Incluso, tampoco la Sunat podría intervenir ya que su función se limita al tema de tributos y recaudación del aporte a la ONP, pero solo para casos de empresa.

riase , la vida es bella...

Lo nuevo al 06 de Agosto 2014  ==============================
SBS reglamentaría este mes mecanismos de recaudación y cobranza de independientes

Como respuesta a la falta de esquema de sanciones a los trabajadores independientes por un incumplimiento en sus pagos a la AFP, la Superinendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) está trabajando en un proyecto de norma que busca “perfeccionar” los mecanismos de recaudación y cobranza de estos aportes

Se esperan que se perfeccione la norma para saber cuál sería la vía en que los independientes que no hagan el pago por sus propios medios, contribuyan luego.

De esta forma, en caso el agente de retención (en este caso, el trabajador independiente) no cumpla con realizar sus regularizaciones, la AFP se encargaría de hacer efectivo estos pagos.
Si la AFP toma conocimiento fehaciente de la existencia de una deuda, ya sea por el agente de retención que retuvo y no cumplió con pagar los aportes o por el trabajador independiente que no cumplió en hacer sus regularizaciones, en teoría (porque aún se encuentra en proyecto de ley) la AFP tendría que salir a la cobranza de estos aportes.

SBS ya emitió el proyecto de norma y lo ha circulado a las administradoras de fondos para los comentarios respectivos.
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