Norma legal : Ley 30152
Publicado : 14 /01/2014
Vigencia : 15/01/2014
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Para recordar
Aunque la SBS ya publico una circular sobre el tema ...
La presente ley pretende dar fuerza legal a dicha disposición para la atención de la solicitud de información que herederos formulen a través de la SBS sobre la existencia de fondos pasivos a nombre de sus causantes en las empresas financieras , con la finalidad de que puedan reclamar los derechos pertinentes.
¿ Como se hace ?
El heredero deberá solicitar a la SBS en documento escrito adjuntando copia del DNI y acreditar su condición de heredero
¿ Como se acredita la condición de heredero ?
A través de declaratoria de heredero o testamento .
¿ Si la solicitud es rechazada por no cumplir con requisitos señalados , ya no podrá solicitarlo de nuevo ?
No
La ley 30152 establece que si el rechazo es por no cumplir los requisitos , podrá presentar nuevamente otra solicitud
¿ Si la empresa del sector financiero no brinda dicha información a la SBS ?
El Incumplimiento de brindar la información o de guardar el secreto bancarios será sancionado según la tabla de infracciones y sanciones de la SBS
Lic. Ricardo candela casas
Mas información sobre el tema : Pulse aquí
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