Publicado : 21/06/2012
Vigencia : 22/06/2012
El motivo de este documento es precisar la exoneración del pago de aportes al Sistema Privado de Pensiones ( AFP ) para las personas afiliados a este sistema que actualmente sean jubilados.
Se divide esta precisión en sistema pensionarios en el Perú y en el extranjero.
En el Perú
No estan obligados a realizar aporte al sistema privado de pensiones los jubilados que se encuentren dentro de las leyes :
a.- D.L. 19990 ( Regimen General y sus regimenes especiales )
b.- D.L. 20530
c.- D.L. 19846 ( Ley de Pensiones Militar y Policial ).
En el extranjero
Esta exoneración es solo aplicable para que se jubilen por derecho propio ( es decir cumplieron con las exigencias de edad y monto minimo en su fondo para acceder a la pensión ).
No es aplicable para benefiarios ( pensiones de sobrevivencia ) , ni derechohabientes.
Responsabilidad
Se establece como responsabilidad de la AFP correspondiente la revisión de la documentación que sustente este beneficio del afiliado.
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Revista laboral virtual Actualizate- Avance del 01 al 15 de Junio 2012
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