Manual distribución de utilidades 2015 ver aqui |
El tipo de actividad de la empresa
Las normas establecen un porcentaje que debe aplicarse segun el tipo de actividad a que se dedica la empresa .
Ejemplo : Empresas industriales deben repartir el 10 % de sus utilidades.
La base sobre la cual se aplica el porcentaje es la renta neta anual antes de efectuar el cálculo de impuestos y, de ser el caso, luego de compensar las pérdidas de ejercicios anteriores.
Para el calculo
Primero : Los dias laborados por el trabajador en el año.
El 50% del porcentaje a distribuir por este concepto se calcula en función de los días real y efectivamente laborados.
¿ A que se llama dias real y efectivamente laborados?
Son aquellos dias en que el trabajador cumpla efectivamente la jornada ordinaria de la empresa.
¿ Si el trabajador se ausenta , no se considera esos dias de falta al empleo?
No , la legislación a establecido determinadas situaciones en las que las ausencias son consideradas como dias laborados .
Ejemplo : Las licencias sindicales, los días no laborados por un despido luego declarado nulo, la hora de lactancia materna, entre otros.
¿ Como se cuantos dias e laborado en el año?
Facil revise sus boletas de pago ... y pongase a sumar.
======================Blog legislación laboral peruana
Conviértase en seguidor de este Blog : Ingrese aquí
===================
Para el calculo
Segundo : Las remuneraciones o pagos recibidos por el trabajador en el año.
El 50% restante se calcula en función de la remuneración.
¿ Todo pago recibido por el trabajador es considerado en el calculo ?
No.
No forman parte de la base para este cálculo aquellos conceptos considerados no remunerativos.
Ejemplo :
Gratificaciones extraordinarias, vales de alimentos, condiciones de trabajo, asignación por educación, entre otros.
Tampoco se incorpora la bonificación extraordinaria prevista en la Ley Nº 29351 y dada en 2014.
¿ Como se cuantos pagos e recibido en el año?
Dificil , puede empezar con revisar sus boletas de pago , pero necesitara tener la ley a la mano para distinguir que pagos se consideran y que pagos no se consideran.
Un tema dificil de comprender
SI usted es trabajador , lo que ha leido seguro le suena a "chino" , para muchos de dificil comprensión.
Pero no se preocupe ,,,
El empleador esta obligado a entregarle una " hoja de liquidación de utilidades " , donde se detallara :
a.- Los dias laborados considerados
b.- El monto de las remuneraciones consideradas.
Asi como la formula de calculo para obtener el resultado final.
Revisela y si tiene dudas consulte.
Actualizate revista laboral electronica
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Comentarios o Consultas