D.S. 346-2013-EF

Aprueban listado de los programas de capacitación para efectos del crédito por gastos de capacitación a que se refiere el artículo 23 de la Ley nro. 30056

Norma  :  D.S. 346-2013-EF
Publicado : 24/12/2013
Vigencia  : 1 de enero de 2014

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Para recordar :
La ley Nro. 30056 dispone que las micro, pequeñas y medianas empresas generadoras de rentas de tercera categoría que se encuentren en el régimen general y efectúen gastos de capacitación tienen derecho a un crédito tributario contra el Impuesto a la Renta equivalente al monto de dichos gastos, siempre que no exceda el 1% de su planilla anual de trabajadores del ejercicio en el que devenguen dichos gastos.
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Lo que debe saber :

¿ Puede ser cualquier programa de capacitación ?
No.  Los programas de capacitación deben responder a una necesidad concreta del empleador de invertir en la capacitación de su personal, que repercuta en la generación de renta gravada y el mantenimiento de la fuente productora

Además , dichos programas  deben estar comprendidas dentro de la relación de capacitaciones que para tal efecto determinen los Ministerios de la Producción y de Economía y Finanzas en coordinación con el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo mediante decreto supremo.
Ejemplo : Una Mipyme del sector textil no puede pretender utilizar un programa de capacitación para su personal orientado a temas de gastronomía o en idioma ingles.

¿ Estos programas de capacitación están sujetos a certificación ?
Dichos programas están sujetos a la certificación por parte de la entidad del Estado que establezca el Reglamento

¿ Y cuál es ese listado ?
Al ser un  anexo del D.S. 346-2013-EF a la fecha aún no ha sido publicado en el  en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), y en los Portales Institucionales del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe) y del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe).

Son cosas del sector público  que escapan de nuestro voluntad.

¿ Y ese listado en permanente o cambiara ?
Por Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y la Ministra de la Producción, previa coordinación con el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, se actualizará la lista de los programas de capacitación.

Lic. Ricardo Candela Casas

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