Regimen Laboral
| Manual regimen construccion civil |
El regimen laboral de construcción civil y la UIT
La Unidad Impositiva Tributaria ( UIT ) , es todo como base de calculo para algunos beneficios que se otorga en el regimen laboral de construcción civil.
a.- Empresas no incluidas en el regimen laboral de construcción civil
Se exceptúa de este régimen a los trabajadores que prestan servicios en las Empresas Constructoras de Inversión Limitada, en la medida que ejecuten obras cuyos costos individuales no excedan de 50 Unidades Impositivas Tributarias ( En adelante UIT).
b.- Asignación por defunción en construcción civil
Cuando un trabajador fallece durante la vigencia del contrato de trabajo, el empleador entregará esta asignación equivalente a 1 UIT , a los familiares del causante que acrediten los gastos de sepelio por concepto mortuorio .
Esta asignación se abonará siempre que el costo de la obra presupuestada sea mayor a 50 UIT
c.- Seguro de vida
Cuando la obra presupuestada sea mayor a 120 UIT, los empleadores contratarán la Póliza de Seguros de Essalud denominada "+ Vida Seguros de Accidentes", adicional al Seguro Complementario por Trabajo de Riesgo
Lic. Ricardo Candela Casas
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