Periodo de prueba inferior a 03 meses
¿ Puede el empleador y el trabajador pactar un periodo de prueba que sea inferior a los 03 meses que estipula la ley? Si es posible. Para dicho fin deberá redactarse un convenio en el cual ambas partes dejen constancia de dicho acuerdo . No es necesario ponerlo en conocimiento del Ministerio de trabajo ¿ En que beneficia dicho acuerdo a las partes? En suma el mas beneficiado es el trabajador , pues cumplido el periodo de prueba por la duración acordada y continua laborando , adquiere la protección contra el despido incausado. Es decir solo podrá ser cesado por algún motivo indicado en la ley. ¿ Es indispensable firmar dicho convenio? Si. Para evitar en el futuro posibles malas interpretaciones de parte del empleador por ejemplo. Manual laboral : El periodo de prueba En toda relación laboral es normal aplicar el periodo de prueba al nuevo trabajador. En ocasiones algunos empleadores se han hecho están interrogantes : ¿ Esto obligado a someter a prueba al trabaj