D.Leg. 1187
Decreto Legislativo que previene y sanciona la violencia en la actividad de construcción civil. Norma : Decreto Legislativo 1187 Publicado : 16/08/2015 Vigencia : 17/08/2015 Salvo lo relacionado a la cuota sindical ,lo cual entra en vigencia transcurridos treinta (30) días calendario de publicada la presente norma. Reglamento : Mediante decreto supremo refrendado por el Ministro del Interior y el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo se aprueba el reglamento del presente decreto legislativo, en un plazo no mayor a sesenta (60) días hábiles de publicado esta norma. ¿ Cual es el objetivo del D. Leg 1187? Establecer las normas, las medidas de prevención y sanciones contra la violencia en la actividad de construcción civil. 1.- La cuota sindical Obligación del empleador ¿ Como debe retenerse la cuota sindical ? En la actividad de construcción civil el abono de las cuotas sindicales debe realizarse necesariamente mediante el mecanismo de retención por parte del em