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trabajador del hogar : gratificacion

Gratificaciones Tiene derecho a una gratificación por Fiestas Patrias y otra por Navidad. Las cuales deben ser pagadas en la primera quincena de Julio ( para la gratificación de Fiestas Patrias ) y de Diciembre ( Para el caso de la gratificación por Navidad). El monto equivale al 50 % de su remuneración mensual. Aqui tambien se aplica los requisitos de tiempo de servicio . Ejemplo : Gratificación por Fiestas Patrias Remuneración mensual es de 300,00 s/. Debe haber laborado 06 meses ( desde Enero a Junio ) En dicho caso recibe el 50 % de 300.00 s/ ( Esto es 150.00 s/). Para el caso de haber laborado menos meses ( ejemplo : 03 meses ) , se le debe pagar en forma proporcional.

trabajador del hogar : descansos

Descanso semanal obligatorio: Tiene derecho a 24 horas continuas de descanso semanal. Descanso en dia feriado : Gozan de descanso pagado los dias feriados no laborables aplicables para el sector privado. Si labora , se debe compensar con el pago de una sobretasa equivalente al 50 % de su remuneracion diaria . Ejemplo : Su ingreso mensual es de 300 s/. El importe diario seria 10.00 s/ ( 300/30) La sobretasa por trabajar el dia feriado seria : 5.00 s/ ( 50% de 10.00 s/) Por laborar dicho dia recibe entonces : 10.00 s/ por dia 5.00 s/ por sobretasa 15.00 s/ En total. Vacaciones Descanso anual remunerado por 15 dias , luego de un año continuo de labores . Aqui se debe cumplir el requisito de record vacacional.

trabajador del hogar : definicion

¿ Quienes son trabajadores del Hogar ? Son trabajadores al servicio del hogar , que realizan labores de aseo, cocina , lavado , asistencia , cuidado de niños y demás propios de la conservación de una residencia o casa-habitación y del desenvolvimiento de la vida de un hogar , que no represente un negocio para el empleador o sus familiares.

seguridad y salud en el trabajo: comite o delegados

Capacitación obligatoria por el empleador : seguridad y salud en el trabajo Representantes, delegados y miembros comite de seguridad Los representantes o delegados de seguridad y salud en el trabajo deben ser capacitados en temas relacionados a las funciones que van a desempeñar antes de asumir el cargo y durante el ejercicio del mismo. Base legal : D.S. 003-2005-TR , articulo 23

seguridad y salud en el trabajo: trabajadores

Capacitación obligatoria por el empleador : Seguridad y salud en el trabajo Situación : trabajadores El empleador debe adoptr disposiciones para que todo trabajador este capacitado en el cumplimiento de sus deberes y obligaciones relacionadas a la seguridad y salud en el trabajo. Base legal : D.S. 003-2005-TR , articulo 16 Ademas tiene el deber de trasmitir a los trabajadores de manera adecuada y efectiva , la información y los conocimientos necesarios en relación con los riesgos en el centro de trabajo y en el puesto o función , Asi como las medidas de protección y prevención aplicables a tales riesgos. Base legal : D.S. 003-2005-TR , articulo 42

Hostigamiento sexual

Capacitación obligatoria por el empleador : Hostigamiento sexual El empleador debe capacitar a los trabajdores sobre las normas y politicas , contra el hostigamiento sexual en la Empresa. ( Ley 27942 , articulo 7.a) , especialmente , debe sensibilizar sobre las conductas a sancionar , a fin de promover un ambiente laboral saludable y un cambio de conductas contrarias al mismo. Base legal : D.S. 010-2003-MIMDES , articulo 21

compensacion por tiempo de servicios

Capacitación obligatoria por el empleador : Compensación tiempo de servicios. El empleador esta obligado a capactitarse y capacitar a los trabajadores sobre la correcta aplicación de la Compensación por tiempo de servicios Base legal : TUO del D.Leg 650 Sexta disposición transitoria