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Se acuerda incrementos de Negociación colectiva sector público ..centralizada 2026-2027

 A 30 Junio 2026

El acuerdo de aumentos salariales es hasta  S/220 .

El Ejecutivo y confederaciones ya acordaron el monto final para los incrementos salariales para el 2027 para los trabajadores estatales. Varían  según el régimen


Los montos acordados —aún la firma de estos se daría este martes 30 de junio— van desde los S/60 hasta los S/220. 

Solo los trabajadores de la Ley N°28091, el Servicio Diplomático, no recibirán aumentos por esta negociación.

Detalles.. Esto se dio durante la negociación colectiva centralizad 2026-2027, la serie de reuniones entre representantes del Poder Ejecutivo y las cinco confederaciones de trabajadores estatales, para acordar los aumentos, beneficios económicos y más, que se aplicarán —los que piden los trabajadores y los que puede otorgar el Gobierno— para el año fiscal 2027. 

Si bien falta aún la firma, estos serían los montos confirmados:

Decreto legislativo 276 (Administrativos) del Gobierno nacional y gobiernos regionales: S/220 para profesionales, para técnicos y para auxiliares.

Decreto legislativo 276 (Administrativos) de gobiernos locales: S/125

D. Leg 728, régimen privado: para Gobierno nacional y gobiernos regionales será de S/60 para entidades con escala aprobada entre 2023 y 2026, y de S/125 para entidades con escala aprobada antes del 2023. Para los gobiernos locales será de S/150

D. Leg. 1057, CAS: Para Gobierno nacional y gobiernos regionales, los que tengan ingresos menores o igual a S/2.364,19 se les aumentará S/153; los que tengan ingresos menores o igual a S/4.364,19 y mayores a S/2.364,19 aumentarán en S/125; y los que ganen más de S/4.364,19 reciben S/60. Para los de los gobiernos locales será S/125 de aumento.

Ley 31991, Guardaparques: Todos recibirán aumento de S/125

Ley 30057, Servicio civil: Todos recibirán S/60

Ley 29709, Servidores penitenciarios: Incremento de S/144,33, para llegar a una RIM de S/2.700.



Última propuesta salarial MEF en Negociación colectiva 2027 sector público..

 


A 21 Junio  2026 en Perú 

MEF hace su propuesta final de aumentos salariales para el sector público en negociación colectiva 2027

En la última sesión de la negociación colectiva centralizada, el Ministerio de Economía y Finanzas ha dado su oferta final de aumentos salariales para el 2027.


El cambio solo se ve en algunos regímenes.

- Decreto legislativo 276 (Administrativos) del Gobierno nacional y gobiernos regionales: S/280 para profesionales, S/255 para técnicos, S/190 para auxiliares.

- Decreto legislativo 276 (Administrativos) de gobiernos locales: S/100

- D. Leg 728, régimen privado: para Gobierno nacional y gobiernos regionales será de S/50 para entidades con escala aprobada entre 2023 y 2026, y de S/100 para entidades con escala aprobada antes del 2023. Para los gobiernos locales será de S/125

- D. Leg. 1057, CAS: Para Gobierno nacional, gobiernos regionales y locales será de S/100, para ingresos menores o iguales a S/4.364,19

- Ley 31991, Guardaparques: Todos recibirán aumento de S/100

- Ley 30057, Servicio civil: Todos recibirán S/50

-Ley 29709, Servidores penitenciarios: Incremento de S/144,33, para llegar a una RIM de S/2.700

¿A dónde va la mejora de la oferta esta vez?  Este mayor monto ahora va principalmente a los trabajadores del Decreto legislativo 276 (los Administrativos) del Gobierno nacional y gobiernos regionales.

-De la anterior propuesta del Gobierno, el aumento para profesionales ha pasado de S/255 a S/280

-Para técnicos, de S/230 a S/255

-Para auxiliares, de S/165 a S/190.

- Para los del Decreto legislativo 276 de gobiernos locales el monto de aumento incrementa de S/75 a S/100, equiparando alzas de otros regímenes.

Sin embargo, el otro monto que ha subido solo ha sido para los trabajadores bajo el régimen del Decreto Legislativo 728,régimen privado de los gobiernos locales, cuyo aumento propuesto pasó de S/100 a S/125

También, si bien el monto para los CAS no subirá más, sigue siendo de S/100, ahora irá para trabajadores que ganen más.

 Antes iba a ir para quienes recibieran ingresos menores o iguales a S/3.364,19 y ahora el límite será de S/4.364,19. 

Para los demás no cambian los montos, y se mantienen en S/100, justo como el aumento que se dio en enero de 2026.

¿ Qué dicen las organizaciones sindicales? Desde los sindicatos que participan en la negociación colectiva, el monto sería aún insuficiente.

Para el 23 y 24 de junio se anuncia un paro nacional de 48 horas 



Aumentos negociación colectiva sector público seran temporales


Negociacion Colectiva  Sector Público  centralizado  2026
A 20 Junio 2026

La propuesta del MEF, incluida en el proyecto de crédito suplementario para el 2026, establece que las negociaciones colectivas descentralizadas del sector público solo podrán pactar beneficios económicos temporales. 

El actual  gobierno incluyó un artículo en el proyecto de ley de crédito suplementario para este 2026 ..


Según la propuesta remitido  al  Congreso de la República...las negociaciones colectivas descentralizadas, es decir entidades como municipalidades, gobiernos regionales, universidades públicas y otras entidades del Estado, solo podrán acordar con sus trabajadores "beneficios económicos de carácter temporal "... ( ?)

El límite..
Ello impediría pactar aumentos salariales permanentes, bonificaciones fijas o asignaciones que se incorporen de manera estable a las remuneraciones.

¿ Donde dice eso ? 
En la Segunda Disposición Complementaria Final del proyecto del Poder Ejecutivo. Allí se precisa que el objetivo es “garantizar la responsabilidad fiscal por fin de mandato"

La restricción alcanza a las negociaciones realizadas por entidades públicas bajo la Ley N.° 31188, norma que fue alumbrada en 2021 para regular la negociación colectiva en el sector estatal..

El reclamo..  Se discute que esa 
 modificación haya sido incorporada en una norma presupuestal y no mediante una reforma laboral específica.

Lo vigente..
Hasta ahora, la Ley 31188, promulgada desde abril del 2021, permite actualmente negociar remuneraciones y otros beneficios económicos tanto a nivel centralizado como descentralizado. 

Por ejemplo, una municipalidad o un gobierno regional puede llegar a un acuerdo con sus trabajadores para otorgar una mejora económica que se incorpore de manera permanente a sus ingresos, siempre que exista presupuesto disponible.

Con la propuesta del Poder Ejecutivo, ese escenario cambiaría.

 Los acuerdos económicos que se logren en las negociaciones descentralizadas tendrían fecha de vencimiento y no podrían generar gastos más allá de 2027.

¿ Por qué este cambio?
MEF busca evitar que el actual gobierno deje comprometidos gastos permanentes que deban ser financiados por el próximo gobierno que asumirá en julio de 2026. 


Propuesta del MEF en Negociación Colectiva Sector Público 2026

 

El Jueves 11 de junio tuvo lugar la sesión 16 en la Mesa Técnica de la Negociación Centralizada 2026-2027. fue en esta que el MEF elevó su oferta del espacio fiscal para el nivel centralizado, de S/176 millones —lo que suponía destinar solo S/36 por empleado público— a S/446 millones.

Luego de que los sindicatos aumentaran su propuesta de aumento salarial para todos los régimenes (de S/700 a S/762), ahora el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) ha presentado un espacio fiscal mayor (de S/446 millones) que viene con propuesta de los montos de incremento de sueldos.

El detalle a continuación:

-Aumento para el régimen del DL 276: Para Auxiliares proponen el monto de S/125, para Técnicos, S/180; para profesionales, S/195

-Aumento para el régimen del DL 728: S/50 para todos.

-Aumento para el régimen del DL 1057, los CAS: S/100, solo para quienes tienen ingreso menores o iguales a S/3.364,19

-Para los Gobiernos locales los montos serán así: CAS, S/100; DL 276, S/75; DL 728, S/75.

 Esta  propuesta  fue rechazada luego de que las cinco confederaciones que participan en la negociación colectiva lo consideraran insuficiente.

Ahora el Ejecutivo tendrá plazo hasta el próximo martes 16 de junio para presentar otra contrapropuesta que los sinicatos consideren más adecuada a sus necesidades.

Sin embargo, si la posición actual de la parte empleadora en esta negociación colectiva se mantiene, las organizaciones sindicales evaluarán pasar a la etapa de conciliación y luego a un arbitraje potestativo.

Catalogo en línea   ..
Manuales  en Legislación Laboral  Peruana  2026..

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Convenio Colectivo centralizado sector público 2024-2025

 


SUSCRITO ENTRE LA REPRESENTACIÓN EMPLEADORA DEL ESTADO PERUANO Y LA REPRESENTACIÓN SINDICAL INTEGRADA POR LAS CONFEDERACIONES ESTATALES CITE-CTE PERÚ-UNASSE-CONASEP-CONFETEP 

En Lima, siendo las 20:00 horas del día 30 de junio de 2024, se reunieron los representantes que integran la Comisión Negociadora encargada de la Negociación Colectiva a Nivel Centralizado en el periodo 2024, conformada según lo dispuesto por el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 027-2024-PCM, modificada por las Resoluciones Ministeriales N° 095-2024-PCM y N° 142-2024-PCM, de acuerdo a lo siguiente:

(..)

CLÁUSULA QUINTA: NOMBRAMIENTOS

Las partes convienen que la problemática de nombramiento de los trabajadores en condición de contratados en el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 276, será evaluada por cada entidad del gobierno nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales y según el caso propondrán, hasta el 9 de agosto del presente año, las propuestas de artículos pertinentes que permitan viabilizar los nombramientos en las entidades de los 3 niveles de gobierno, para la decisión del Ministerio de Economía y Finanzas, de su incorporación en el proyecto de ley de presupuesto del año 2025.

(..)


CLÁUSULA SEXTA: PROBLEMÁTICA DEL RÉGIMEN DEL DECRETO LEGISLATIVO N° 1057

Las partes convienen que la problemática y propuestas de solución relacionadas con el régimen del Decreto Legislativo N° 1057, podrán ser consideradas en el espacio consultivo a que se refiere la cláusula quinta del Convenio Colectivo a nivel Centralizado 2022-2023. 


CLÁUSULA SÉTIMA: LICENCIAS CON GOCE DE REMUNERACIÓN POR FALLECIMIENTO

Las partes convienen que los servidores de los regímenes laborales generales, de la Ley N° 30057, D. Leg. N° 1057, D. Leg. N° 276 y D. Leg. N° 728, asi como, los servidores de las carreras especiales de la Ley N° 29709 y Ley N° 28091 tienen derecho a licencia por fallecimiento de cónyuge, unión de hecho, padres, hijos y hermanos por cinco (5) días hábiles desde el día siguiente de producido el deceso.

Excepcionalmente, cuando el deceso del familiar se haya producido en una zona geográfica distinta al lugar donde el servidor desarrolla sus funciones, la licencia se extenderá por tres (3) días calendarios adicionales, los cuales se gozarán de forma inmediata y consecutiva a los cinco días referidos en el párrafo anterior.

El procedimiento para su aplicación será establecido en el reglamento interno u otro documento establecido por cada entidad, cuya falta de regulación no impide su ejercicio.

Esto se aplica, salvo convenio colectivo, norma, o disposición interna de la entidad empleadora más favorable


CLAUSULA OCTAVA: LICENCIA POR ONOMÁSTICO

Las partes convienen que los servidores de los regímenes laborales generales, de la Ley N° 30057, D. Leg. N° 1057, D. Leg. N° 276 y D. Leg. N° 728, así como, los servidores de las carreras especiales de la Ley N° 29709 y Ley N° 28091 tienen derecho a licencia por 1 dia de descanso remunerado por motivo de onomástico. El derecho se hará efectivo el mismo dia de su onomástico o, a solicitud escrita del servidor, podrá ser programado dentro de los siete (7) dias calendario posteriores.

El procedimiento para su aplicación será establecido en el reglamento interno u otro documento establecido por cada entidad, cuya falta de regulación no impide su ejercicio.

Esto se aplica, salvo convenio colectivo, norma, o disposición interna de la entidad empleadora más favorable.

(..)

Descargar convenio  2024-2025 Sector Público aqui






Convenio 2023-2024 Negociación Colectiva sector Público a Nivel Centralizado.

 

CONVENIO COLECTIVO A NIVEL CENTRALIZADO 2023-2024 SUSCRITO ENTRE LA REPRESENTACIÓN EMPLEADORA DEL ESTADO PERUANO Y LA REPRESENTACIÓN SINDICAL INTEGRADA POR LA UNIDAD ESTATAL AMPLIADA-CONFEDERACIONES ESTATALES CITE-CTE-UNASSE-CONASEP-CONFETEP EN LA COMISIÓN NEGOCIADORA ENCARGADA DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA A NIVEL CENTRALIZADO

En Lima, siendo las 15:30 horas del día 30 de junio de 2023, se reunieron los representantes que integran la Comisión Negociadora encargada de la Negociación Colectiva a Nivel Centralizado en el periodo 2023, conformada según lo dispuesto por el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 035-2023-PCM, modificada por las Resoluciones Ministeriales N° 069-2023-PCM y N° 111-2023-PCM, de acuerdo a lo siguiente:

Artículo 1.- Conformar la representación empleadora para la negociación colectiva en el nivel centralizado para -el periodo 2023; de la siguiente manera:

(...)


CLÁUSULA PRIMERA: VIGENCIA

Las partes convienen que el presente Convenio Colectivo rige desde el 01 de enero del año 2024 al 31 de diciembre del año 2024; salvo, las cláusulas sin incidencia presupuestaria, las cuales rigen a partir de la suscripción del presente Convenio Colectivo, y aquellas que expresamente señalen su vigencia.

CLÁUSULA SEGUNDA: ÁMBITO DE APLICACIÓN

Las partes convienen que el ámbito de aplicación del presente convenio colectivo es el previsto en el literal a) del artículo 5 concordante con el artículo 2 de la Ley N° 31188, Ley de Negociación Colectiva en el Sector Estatal, que a la letra señalan lo siguiente:

(..)


Convenio  colectivo  centralizado 2023  Link descarga aqui


Convenio  colectivo  centralizado 2022   Link descarga aqui


¿ Y como funciona  la Negociación Colectiva en el Sector  público?
Este Docunento  le ayudará a comprender la Negociación Colectiva en el Sector público  peruano..

Manual Negociación Colectiva Sector Público

 Toda la información  laboral  sobre las normas vigentes en la Negociación colectiva  del sector Público 

Este documento  consta de 03 partes,

Negociación colectiva  Centralizada 

Negociación colectiva  Descenttaizada

Anexo: Últimas Modificaciones

Más detalles  : Contenido . Costo . forma de entrega    Pulse  aqui


Gobierno retirará demandas contra ley CAS y negociación colectiva

 


El ministro de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), Iber Maraví, anunció que el Gobierno retirará la demanda ante el Tribunal Constitucional (TC) contra las leyes de eliminación del régimen CAS (Ley 31131) y la de negociación colectiva en el sector público (Ley 31188) que fueron presentadas durante la gestión de Francisco Sagasti.

El funcionario precisó que estos dos puntos recogen el sentir de los trabajadores en el país. 


“Es un tema muy discutible, tomando en cuenta las normas y considerando que ya estas demandas están admitidas en el Tribunal Constitucional”, manifestó ante la Comisión de Trabajo del Congreso


El Cas ...
La ley sobre la eliminación de la Contratación Administrativa de Servicios (CAS) e incorporación al régimen laboral 276 o 728 y la referida a la negociación colectiva fueron aprobadas por insistencia por el anterior Congreso, pero a ambas les cayeron sendas demandas de inconstitucionalidad durante el gobierno de transición.

Maraví señaló que pese a no corresponderle reglamentar estas leyes al MTPE, han pedido en el Consejo de Ministros que un equipo de su cartera participe en la elaboración de los reglamentos.


Ver información  aqui  



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