¿ Los días de licencia por Ley 30012 son compensables?
Los días de licencia por Ley Nro 30012 que regula brindar Permiso con goce de haber por 7 días a los trabajadores que tengan familiares directos con enfermedad grave , son compensables? La licencia por enfermedad grave o terminal o por accidente grave es otorgada por el plazo máximo de siete días calendario , con goce de haber. De ser necesario mas días de licencia estos son concedidos por un lapso adicional no mayor de 30 días , a cuenta del derecho vacacional. De existir una situación excepcional que haga ineludible la asistencia al familiar derecho , fuera del plazo previsto , se pueden compensar las horas utilizadas para dicho fin con horas extraordinarias de labores , previo acuerdo con el empleado. Base legal : articulo 2 Ley 30012 Por lo tanto : a.- La licencia es de hasta 07 ( siete ) días calendarios , con goce de haber. Que se entiende puede ser menos días de los establecidos , los cuales NO SON COMPENSABLES. Y no requieren de acuerdo previo con el empleador