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Mostrando las entradas etiquetadas como discapacidad

Nuevas normas para el sector privado sobre personas con discapacidad

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Aprueban el documento denominado “Lineamientos para el otorgamiento de ajustes razonables a las personas con discapacidad, en el proceso de selección y en el lugar de trabajo, y los criterios para determinar una carga desproporcionada o indebida, aplicables en el sector privado” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 171-2019-TR Publicado : 03/07/2019 ================================ Lima, 1 de julio de 2019 VISTOS: El Informe Técnico N° 37-2019-MTPE/3/17.4-MHOG de la Dirección de Promoción Laboral para Personas con Discapacidad, el Oficio N° 644-2019-MTPE/3/17 de la Dirección General de Promoción del Empleo, el Oficio N° 225-2019-MTPE/3 del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, y el Informe N° 1454–2019–MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el segundo párrafo del artículo 7 de la Constitución Política del Perú establece que la persona incapacitada para velar por sí misma a causa de una deficiencia física o me

Lo que debe saber de la personas con discapacidad en el Perú

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El instituto  Nacional de Estadística o Informática (INEI) señaló que al  2017 había 3'051,6l2 personas en el país que padecen algún tipo de discapacidad. Esta cifra representa el 10.4% de la población nacional. calculada en 3 1,237 de habitantes. Del total de personas con discapacidad. , solo 45% formaban parte de la Población Económicamente Activa. Y de ese porcentaje 63, 1% pertenecían al área rural, mientras que el 36.9% al área urbana. Asimismo, Según el INEI el 48,3 % de este grupo tiene dificultad para ver; el 15%  para moverse  o camina: el 7,6% para oír; el l 4,2% para aprender o  entender; el 3,2% presenta problemas para relacionarse con los demás; y el 3, 1% para hablar o comunicarse. Finalmente  el 18,2% de las personas con habilidades especiales presenta dos o más tipos de discapacidad. El rango salarial dependiendo del puesto oscila entre los S/. 3,937(recursos humanos) y S/. 1,553 ( atención al cliente) El promedio de ingresos en Lima al 2018 era

Personas con discapacidad sector publico proyecto

Disponen pre publicación del “Proyecto de Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos para el Otorgamiento de Ajustes Razonables a las personas con discapacidad, en el lugar de trabajo, así como los criterios para una carga desproporcionada o indebida, para el sector público” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 057-2019-TR Disponen pre publicación en el portal del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo del “Proyecto de Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos para el Otorgamiento de Ajustes Razonables a las personas con discapacidad en el lugar de trabajo, así como los criterios para una carga desproporcionada o indebida, para el sector público” Lima, 14 de febrero de 2019 VISTOS: El Oficio N° 156–2019–MTPE/3/17 de la Dirección General de Promoción del Empleo; el Memorándum N° 047–2019–MTPE/3 del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral; y, el Informe N° 398–2019–MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, los artículos

Personas con discapacidad sector privado proyecto

Disponen pre publicación del “Proyecto de Resolución Ministerial que aprueba los Lineamientos para el Otorgamiento de Ajustes Razonables a las personas con discapacidad, en el proceso de selección y en el lugar de trabajo, así como los criterios para una carga desproporcionada o indebida, para el sector privado” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 055-2019-TR Disponen pre publicación en el portal del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo del “Proyecto de Resolución Ministerial que aprueba los Lineamientos para el Otorgamiento de Ajustes Razonables a las personas con discapacidad, en el proceso de selección y en el lugar de trabajo, así como los criterios para una carga desproporcionada o indebida, para el sector privado” Lima, 14 de febrero de 2019 VISTOS: El Oficio N° 166–2019–MTPE/3/17 de la Dirección General de Promoción del Empleo; el Memorándum N° 049–2019–MTPE/3 del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral; y, el Informe N° 397–2019–MTPE/4/8 de la Ofici

El raquitismo como discapacidad

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¿Se considera a una persona que padece de Raquitismo, como discapacitada? La persona con discapacidad es aquella que tiene una o más deficiencias físicas, sensoriales, mentales o intelectuales de carácter permanente que, al interactuar con diversas barreras actitudinales y del entorno, no ejerza o pueda verse impedida en el ejercicio de sus derechos y su inclusión plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones que las demás. Para ser considerara como persona con discapacidad debe ser calificada como tal por el Ministerio de Salud quien procede a valorar la magnitud de la deficiencia, la condición y la severidad fisiológica y funcional de la persona. Ésta ha sido definida en la Norma Técnica N° 112-MINSA/DGSP-V.01, aprobada por RM N° 013-2015-MINSA en enero del 2015. La calificación se realiza con lista de chequeo y con examen clínico y físico. Catálogos  manuales de legislación laboral peruana 2017 Relación de documentos disponibles   Actualizados  a la

Manual la cuota de empleo personas con discapacidad

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Documento en PDF 160 paginas ¿Cuál es la obligación legal del empleador del sector privado sobre la cuota de discapacidad? Los empleadores privados con más de 50 trabajadores ( es decide de  51 en adelante ) , están obligados a contratar personas con discapacidad en una proporción no inferior al 3 % ¿ Cual es el primer paso de la fiscalización laboral ? La fiscalización laboral verifica que los empleadores privados que tengan en su Planilla Electrónica más de 50 trabajadores cumplan con acreditar la obligación de haber contratado no menos del 3 % de personal con discapacidad Mas información  ..... Contenido Matriz legal Conceptos previos La persona con discapacidad La certificación de la discapacidad La cuota de empleo Ámbito de aplicación -Empleador obligado -Empleador no obligado Calculo de la cuota de empleo para personas con discapacidad -Criterios -Fórmula de cálculo Caso practico La obligación del empleador - La obligación - E

Resolución de Superintendencia N° 141-2016-SUNAFIL

Aprueban el “Protocolo de Fiscalización de la cuota de empleo para personas con discapacidad aplicable a los empleadores del sector privado” Resolución de Superintendencia N° 141-2016-SUNAFIL Publicado : 15/12/2016 ___________________________________________ Se emite Protocolo de fiscalización por SUNAFIL La Resolución Nro  141-2016-SUNAFIL  , publicada el  15-12-2016  ha aprobado el Protocolo de Fiscalización de la cuota de empleo para personas con discapacidad aplicable a los empleadores del sector privado. Para recordar: Como se sabe SUNAFIL viene emitiendo diversos protocolos, mediante el cual orienta el comportamiento que debe desarrollar todo inspector de trabajo. El conocimiento del contenido de dicho documento, por lo tanto no es de exclusiva obligación de dicho funcionario público, sino también del empleador. De la obligación del empleador sector privado La obligación de la cuota de empleo ( 3 % de la totalidad de su personal)  es aplicable a empleadores qu

Resolución ministerial N° 127-2016-TR

Aprueban Norma Técnica para el diseño, implementación y ejecución de ajustes razonables para el empleo de personas con discapacidad en el sector privado, y el formato de solicitud de ajustes razonables Norma     : Resolución ministerial N° 127-2016-TR Publicado : 29/06/2016 Vigencia  : 30/06/2016 ===================================== Para recordar : ´Por Resolución Ministerial N° 162-2014- TR, publicada en el Diario Oficial El Peruano, con fecha 9 de agosto de 2014, se dispuso la pre publicación, entre otras, de las “Normas para el diseño, implernentación y ejecución de los ajustes razonables para el empleo de personas con discapacidad en el sector privado”. Habiendo evaluado los comentarios y sugerencias recibidos se ha decidio publicar la norma tecnica en referencia. R.M. Nro  127-2016-TR Lima, 28 de junio de 2016 VISTOS: El Oficio N° 883-2016-MTPE/3/17 de la Dirección General de Promoción del Empleo y el Informe N° 2096-2016-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría