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¿Cuál es la obligación legal del empleador del sector privado sobre la cuota de discapacidad?
Los empleadores privados con más de 50 trabajadores ( es decide de 51 en adelante ) , están obligados a contratar personas con discapacidad en una proporción no inferior al 3 %
La fiscalización laboral verifica que los empleadores privados que tengan en su Planilla Electrónica más de 50 trabajadores cumplan con acreditar la obligación de haber contratado no menos del 3 % de personal con discapacidad
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Contenido
Matriz legal
La persona con discapacidad
La certificación de la
discapacidad
Ámbito
de aplicación
-Empleador obligado
-Empleador no obligado
Calculo
de la cuota de empleo para personas con discapacidad
-Criterios
-Fórmula de cálculo
Caso practico
La
obligación del empleador
- La obligación
- Excepción para realizar los
ajustes razonables
Conservación
del empleo del trabajador que adquiere una discapacidad
- Empresas promocionales de
personas con discapacidad
- Deducciones en el impuesto a la
renta
1.- Por contratar personal con
discapacidad
2.- Por gastos en ajustes
razonables para personas con discapacidad
Fiscalización por la SUNAFIL
Incumplimiento de la normatividad
Procedimiento
sancionador por la SUNAFIL
- incumplimiento
- Caso de fraude o falsedad
La
multa administrativa
Matriz legal
Definición de multa
Deudor de la multa
Domicilio del deudor
Acreedor de la multa
Graduación
Monto de la multa
Las Mypes
Concurso de infracciones
Componentes de la deuda
Causas de imposición de la multa
Exigencia y transmisibilidad
La resolución de la multa
Notificación de la multa
Pago de la multa
Caso práctico multa
incumplimiento cuota de empleo personas con discapacidad
El
CONADIS
SUNAFIL
Protocolo
de Fiscalización cumplimiento cuota de
empleo en Sector Privado
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Costo del documento : S/ 58.00
Cincuentiocho nuevos soles
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Forma de pago :
¿Como realizo el pago respectivo?
1.- Deposite el importe en la cuenta abajo indica.
2.- Escanee el bouche del deposito y envielo por email a : conrcc@gmail.com
Deposite el importe en la cuenta del Banco de Crédito del Peru
Cuenta : Ahorros
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Numero : 194-04544476-0-78
Titular : Ricardo Candela Casas
Titular : Ricardo Candela Casas
Código Inter bancario : 00219410454447607893
También puede realizar su deposito en los AGENTES BCP
( Todos los días de la semana incluso domingos y feriados).
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Forma de envió : A su correo electrónico en formato PDF
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Coordinaciones de la compra :
a conrcc@gmail.com o al teléfono 999062932
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