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¿ A que se denomina " costumbre laboral " ?



La costumbre laboral se puede definir como un modo de comportamiento practicado a través del tiempo  de una manera uniforme por determinado grupo social , ele cual considera  su cumplimiento como obligatorio y que la omisión del mismo debe ser motivo de sanción..



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La costumbre

¿ A qué se llama costumbre en lo laboral?
La costumbre es una práctica reiterada  que genera en la comunidad en la que se da , la convicción de que produce derechos y obligaciones para sus miembros.


¿ Cuáles son los requisitos p ara que se presente una costumbre ?
Se presenta pues 02 situaciones :
a.- La repetición  generalizada y continuada de una conducta determinada
b.- La creencia de que surge de ella reglas obligatorias
La costumbre surge en ámbitos distintos : como la empresa , o unidades menores como una categoría , un establecimiento , o mayores como la rama de actividad , una localidad.

¿ Cuál es el origen de la obligación legal ante una costumbre ?
En el Perú la Jurisprudencia ha exigido la repetición de un comportamiento a lo largo de 02 años para la formación de una costumbre

Este requisito , se estableció inicialmente en las gratificaciones legales ( fiestas patrias y navidad ) ,luego fue extendido a otros beneficios.

Para recordar : Antes de dictarse la primera ley sobre gratificaciones ( Ley 25139 ) , su otorgamiento se volvía obligatorio si se había pactado  en un convenio colectivo o en contrato de trabajo , o si se había concedido en 02 oportunidades consecutivas por el empleador , es decir durante 02 años seguidos.

La costumbre nace de un hecho .
Esto representa una serie de actos .

Ejemplo : si el empleador otorga por decisión unilateral en marzo del 2012 una asignación por escolaridad y luego repite la entrega en el año 2013 , la sucesión de cada una de estos actos produce un hecho , que en la costumbre , que lo obligara a hacerlo nuevamente en el año 2016 , 2017, 2018 y así sucesivamente.

La consolidación de beneficios
¿ Y qué sucedería si el hecho se repite solo entre el empleador y un trabajador o algunos trabajadores ?

No es costumbre . La eventual obligatoriedad que pudiera derivar en ese caso de la conducta reiterada , construiría mas bien en lo que se denomina  “ consolidación de beneficios “ por el transcurso del tiempo , que es una forma de adquirir derechos.

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