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Manual Régimen laboral Construcción civil 2022-2023

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   CONVENCIÓN COLECTIVA DE TRABAJO ACTA FINAL DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA EN CONSTRUCCIÓN CIVIL 2022-2023 Manual  en formato pdf Vea también    Ingrese aqui En formato Excel :  a.- Tabla de jornales construcción civil 2022 -2023  b.- Modelo de planilla básica , incluye boleta de pago  c.- Modelo de planilla para el pago cese del trabajador construcción civil  d.- Tabla de nuevos beneficios laborales en Excel  e.- Calculo de reintegros aumentos convenio colectivo 2022 -2023 Más.... - Normas Legales  aplicable  Construccion  Civil Informes laborales en Construccion Civil : - Prorrateo pago beneficios sociales - Renta de quinta Categoria  2022 Boletines informativos obligatorios : - Eleccion Sistema Pensiomario - Sistema de Salud __________________Contenido _________________ 1.- Régimen Laboral Contiene la información legal actualizada del Régimen de Construcción Civil Temas que conocerá : Empresas sujetas al régimen laboral construcción civil  Aplicación del régimen laboral común a trabajad

Los capataces o jefe de grupo, ¿ forman parte del régimen laboral de construcción civil ?

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    Régimen  laboral  Construcción   Capataces o Jefes de grupo Desnaturalización  de contratación  Los capataces o jefes de grupo  , por su labor  de  supervision de  personal deben estar en régimen común y no en el régimen  laboral  Construcción  civil. ¿ Dónde dice eso ? Por Resolución del Tribunal de Trabajo (31.03.89), recaída sobre el Expediente Nº 0036-89/AC.LA, así como la de fecha 11.05.89 que recae sobre el Exp. N º 166-89-CD/AC.LA, indican que la labor de dirección y control, por ejemplo el capataz o maestro de obra, no se encuentra contemplada como una actividad perteneciente al régimen de construcción civil . Ello, en cuanto dichos trabajadores tienen calidad de empleados, recibiendo órdenes de su superior a efectos de transmitirlas al personal bajo su cargo. Además dichos puestos no aparecen en ninguna  de las categorías  vigentes a la fecha.  Para recordar   :  A partir del D.S. de 02- Marzo -1945 se determinan diversas categorías de trabajadores  con el objeto de defini

Factor F CTS Construcción Civil

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  Aprueban Factores de Liquidación “F” para el cálculo de Compensación por Tiempo de Servicios de trabajadores de Construcción Civil para las seis Áreas Geográficas, correspondientes a los meses de junio 2020 a mayo de 2021 Norma : Res. Jefatural N° 242-2021-INEI Publicado : 21/10/2021   Ver norma  legal  aquí Para recordar: Mediante Resolución N° 033-90-VC-9200 de fecha 26 de Julio de 1990, el Consejo de Reajuste de los Precios de la Construcción – CREPCO, creó el Factor de Liquidación “F” y aprobó la fórmula del cálculo de reintegro por concepto de pago de Compensación por Tiempo de Servicios, disponiendo que cada vez que se produzca una variación en los jornales de Construcción Civil que afecte el monto de la Compensación por Tiempo de Servicios, deberá publicarse dicho factor de Liquidación. El Ministerio  de  trabajo  Por R. M. Nº 183-2021-TR el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, publica en el Diario Oficial El Peruano el documento denominado “Convención Colectiva de T

¿ Que porcentaje de sindicalizados en construccion civil debe contratarse en una obra ?

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  En una obra de construcción los dirigentes sindicalizados exigen que contrate el 49 % de la mano de obra  entre sus afiliados sindicalizados. Para ello se basan en acuerdo celebrado con CAPECO . ¿ Existe dicho acuerdo? ¿ Se puede variar el porcentaje de personal sindicalizado? ¿ Es obligación contratar personal sindicalizado? El empleador no tiene la obligación de contratar a un trabajador por su condición de sindicalizado. ¿ Existe dicho acuerdo? Existio una ley  que creo la bolsa de trabajo ( alla por el año 1990 ) pero fue derogada ¿ Se puede variar el porcentaje de personal sindicalizado? Al no haber exigencia legal , tal porcentaje es irrevelante . ¿ Es obligación contratar personal sindicalizado? No. El empleador esta en libertad de contratar el tipo de personal que desee. Lea  tambien  :    [ Bonificación Única de Construcción Civil (BUC)  ] [ Los capataces o jefe de grupo, ¿ forman parte del régimen laboral de construcción civil ? ]

¿ El Comité de obra puede exigir que se deje de aportar al CONAFOVICER?

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  No. El comité de obra no tiene autoridad para exigir a la empresa que deje de cumplir con una obligación legalmente establecida. ¿ Y donde se establece esta obligación? Resolución Sup.   001-95-MTC ( 06/11/95) Para recordar:   Aporte al comité Nacional de Administración del fondo para la construcción de vivienda y centros recreacionales para los trabajadores de la construcción civil del Perú ( Conafovicer) , está a cargo de los trabajadores de construcción civil . Retención:   Las retenciones se hacen al momento de pagar al trabajador. Son agentes de retención la empresa que contrata a los trabajadores de Construcción civil. Tasa :  Equivale al  2 % sobre el jornal básico ,. Lea  tambien  :    [ Bonificación Única de Construcción Civil (BUC)   ] [ Los capataces o jefe de grupo, ¿ forman parte del régimen laboral de construcción civil ?  ]

Publican Convenio Colectivo Construcción Civil 2021-2022

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  Régimen  laboral  Construcción  civil Disponen publicar el documento denominado “Convención Colectiva de Trabajo – Acta Final de Negociación Colectiva en Construcción Civil 2021-2022”, suscrito en trato directo el 9 de setiembre de 2021, entre la Cámara Peruana de la Construcción (CAPECO) y la Federación de Trabajadores en Construcción Civil del Perú (FTCCP) Norma : R. M. N° 183-2021-TR Publicado   : 02/10/2021 Ver información  aqui   Para recordar: Por el  artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 290-2005-TR, modificada por Resolución Ministerial Nº 314-2006-TR, establece que los convenios colectivos u otros instrumentos que resuelvan negociaciones colectivas a nivel de rama de actividad o gremio, registrados a partir de la fecha de publicación de la referida resolución ante la Autoridad Administrativa de Trabajo, se publican en el Diario Oficial El Peruano y en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, dentro de los diez días hábiles siguientes a su