La autoridad inspectiva no puede sancionar a una empresa utilizando una norma o conducta distinta a la que se indicó originalmente en el Acta de Infracción. Fuente : CASACIÓN LABORAL N.º 15652-2023 LIMA
Del caso : La SUNAFIL impuso una multa a una entidad por supuestas trabas en la constitución del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo (CSST).
Se sanciona por otro asunto.. Sin embargo, durante el procedimiento, la autoridad cambió la base legal de la sanción, multando por una falta diferente a la que el inspector anotó inicialmente en el Acta de Infracción que dio origen a todo.
En Pider Judicial.. La Corte Suprema en CASACIÓN LABORAL N.º 15652-2023 LIMA, de fecha 22.09.2025, (pub. en la separata de El Peruano el 15.1.2026) declaró fundada la demanda y anuló la multa.
¿Por qué se anula la multa .. Se vulneró el principio de tipicidad.
Principio de tipicidad .. Exige que solo se sancionen conductas que coincidan exactamente con la infracción detectada.
Entre el Acta de infracción y la multa.. No es legal que la resolución de sanción se base en hechos o normas diferentes a los establecidos en el Acta de Infracción inicial.
La administración no puede realizar interpretaciones "imaginativas" o extensivas para encajar una conducta en un tipo de multa que no corresponde.
Descargar aqui CASACIÓN LABORAL N.º 15652-2023 LIMA
Actualizate Laboral : Lic Ricardo Candela
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