Descuento de remuneración por negligencia de trabajador.

 

Un Trabajador  malogra  un equipo  de alta  presión  valorado en  S/,.250,000 .

Esta es periodo  de prueba ( tiene 01 mes de labores) y su sueldo es   S/ 2,000.

La empresa quiere descontarle el valor del equipo de su liquidacion beneficios sociales ( S/ 2,800 )   Se le cesa .

Pero el trabajador  no acepta ese descuento. ¿ Qué debe hacer la empresa? ¿ Que pasa si descuenta de todos modos ?


Respuesta  : No procede  legalmente el referido descuento  por daños. 

El trabajador fue cesado por estar en periodo de prueba  ,motivado  por lo sucedido.

La liquidación de beneficios sociales  , debe ser pagada en forma completa,  según ley.

Si la empresa desea recuperar " algo ' del valor equipo, podría iniciar  un proceso de retención  CTS por daños y perjuicios ( carta cursada  a entidad financiera  ) paralelamente  presentar escrito  ante  Poder  Judicial.  Esto sí tiene  forma  de probar la "lntencion "del daño  por el trabajador. 


En lo civil  ,podrá  iniciar un proceso de indemnización  por daños  y perjuicios






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