Validez Contrato de suplencia

 

Será válido el contrato modal de suplencia que cumpla con especificar: el trabajador estable de la empresa; las razones que originan la suspensión de su contrato de trabajo; y, la plaza liberada en la cual es contratado el trabajador suplente.

Fuente :Casación N° 20221-2023 Lambayeque emitida por su Cuarta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria.

Detalles... La validez del contrato modal de suplencia consiste ,  en la sustitución de un trabajador estable de la empresa, cuyo vínculo laboral se encuentra suspendido por causa justificada establecida por ley.

En Poder  Judicial    La sala suprema considera que el trabajador suplente deberá asumir las obligaciones o responsabilidades propias o de igual naturaleza al puesto o función del trabajo encargado (el cual se sujetará al puesto o cargo, en referencia al desempeño de las funciones) tomando en cuenta el ejercicio de la facultad del ius variandi del empleador (potestad del empleador de modificar aspectos no sustanciales del contrato de trabajo).


Desnaturalización..  Si las labores por el contrato de suplencia son sustancialmente distintas que conllevan a la modificación de aspectos sustanciales del contrato de trabajo (como por ejemplo, el cambio de categoría profesional) entonces, el ejercicio de esta facultad del ius variandi por parte del empleador deviene en arbitraria.

Poniendo de manifiesto la existencia de fraude a la ley laboral.

Preguntas   ...

- ¿La acumulación de  sanciones puede justificar el despido del trabajador?

¿Debe aumentarse la remuneración cuando se amplía la jornada de trabajo?

- Determinada la existencia de hostigamiento sexual en el centro laboral, ¿cómo se debe sancionar a la persona hostigadora?

- ¿Cómo identificar correctamente a un trabajador de confianza?

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