Gratificación por Fiestas Patrias y Navidad para practicantes

  

Gratificación  por Fiestas Patrias  y Navidad  para practicantes

Un practicante  que tiene más de 06 meses en una empresa  , debe recibir  una subvención  adicional,  ¿Ese pago equivale a la gratificación  por Fiestas Patrias  y/o Navidad  ?

Respuesta  :

Por cada 06 meses de prácticas tienes derecho al pago de media subvención adicional


Detalles  : El beneficiario ( practicante  ) recibirá una subvención económica adicional equivalente a media subvención mensual cada 6 meses de duración continua de la modalidad formativa  Base legal  : Ley 28518  ,art. 42.6


El pago se realizará dentro de los 15 días naturales siguientes al cumplimiento del plazo señalado y se acumularán los periodos intermitentes Base legal : D.S. 007-2005-TR, art. 34


Gratificación  por Fiestas Patrias  y Navidad  para practicantes

Aclaración  : Parece  un pago  equivalente a las gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad  ( En el régimen laboral  general se paga cada 06 meses).

Pero no es así.

¿ Por qué?

a. Las gratificaciones  por Fiestas Patrias  y Navidad  tienen un plazo de pago  legal :

Fiestas Patrias  - Dentro  de la primera quincena de Julio.

Navidad  - Dentro  de la primera  quincena  de Diciembre. 

b. El pago es en base  a la Remuneración  del trabajador

c. Hay una norma específica  para el pago de gratificación. 

Lo que no se da en el caso  de practicantes. 

¿ Por  que?

a. El practicante no es un trabajador,  es una persona  en aprendizaje  

b. La ley de gratificacion  sólo  aplica para trabajadores. 

c. La subvención adicional  de 15 días  , se aplica en el momento  que el practicante  cumpla 06 meses .

Es indiferente  si cumple los 06 meses en Enero  , Agosto  o en Julio.

Por lo cual no guarda relación  obligatoria con la oportunidad  de pago de las Gratificaciones por Fiestas Patrias y/o Navidad. 

Ejemplo . Practicante que percibe  subvención económica  S/ 1,130.00

Cumple  06 meses el  05 de Febrero

Derecho : Tiene derecho a una subvención adicional  por  15 días ( independiente de la subvención  mensual  normal )

Oportunidad  de pago: El pago  debe hacerse dentro de los 15 días naturales  ( Lunes a Domingo) , de generado  el derecho.  Esto es desde el 06 hasta 20 de Febrero. 

Por lo cual  el practicante  en el mes de Febrero  deberá  percibir 

a. Subvención económica adicional  por  15 días; S/565.00   (( S/1,130 / 30 ) x 15 )

b. Subvención económica mensual  :  S/ 1,130.00

Total mes de Febrero  : S/ 1,695.00

 

Tome nota  : 

1. Las subvenciones deben ser otorgadas en dinero, utilizándose los medios de pago usuales de la empresa, y constituyen gasto deducible para efectos del Impuesto a la Renta  Base legal : D.S. 007-2005-TR , art. 35

2 .Si al finalizar el convenio existieren adeudos por beneficios establecidos en la ley o por las partes, éstos deben ser cancelados dentro de las 48 horas de finalizado el convenio Base legal :D.S. 007-2005-TR., art.51).

3. Estos pagos no están sujetos  a descuentos  .

Catálogo Manuales
 Laborales 2025

Revise  Aqui documentos  disponibles..

Catalogo Manuales Legislación Laboral  2025

Vea los siguientes  documentos laborales  actualizados  a la fecha..

1 Abc Legislación laboral 2025
2  Inspección laboral por SUNAFIL 
Agrario 2025
4  El Periodo  de prueba 

5 Aplicación  de Medidas  disciplinarias 
6 Póliza seguro  vida ley

7 Seguro completario trabajo  de riesgo ( SCTR)

8 Reducción  de remuneración 
9 Ausencias  del trabajador
10 Bonificaciones
11 Boleta de pago
12 Carta inductiva sunafil
13 Comité de Obra 
14  Construcción civil  régimen laboral  2024 -2025

15 Consignación Beneficios Social.

Vea relación completa  de documentos  disponibles  aqui


Catálogo Manuales  Laborales 2025

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Comentarios o Consultas

Trabajador de contratista minera

  El trabajador que labora  para la empresa  que administra el Campamento de la mina ¿ Está regulado por el Regimen Minero ? Respuesta  : U...

Vea tambien ...