¿En caso la trabajadora gestante no tenga derecho al pago del subsidio por maternidad, aun así, puede tener derecho al descanso pre y posnatal?
Respuesta..
La Licencia para el goce del descanso pre natal y posnatal de la trabajadora gestante, se encuentra regulado en la Ley N° 26644, que fue modificada por la Ley N° 30367, y para gozar de este derecho laboral solo basta tener la condición de trabajadora y contar con el Certificado de Incapacidad Temporal para el Trabajo (CITT) o el Certificado Médico, en el que conste la fecha probable de parto; con la presentación al empleador estaría expedito suderecho a la licencia para el goce del descanso pre natal y posnatal.
Sin derecho subsidio EsSalud El derecho a la Licencia de goce del descanso pre natal y posnatal, es underecho independiente del “derecho al subsidio”, el cual se adquiere con la sola condición de ser trabajadora gestante que labore de manera dependiente en la microempresa, pequeña, mediana y gran empresa.
Base legal : Ley Nº 26644
Catálogo Manual Laboral 2025
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