¿Siempre se impone la máxima sanción en accidentes laborales mortales?



Del caso : Fallecimiento de trabajador  contratista.
Un trabajador de una contratista perdió la vida tras caer desde una altura de 8 metros en las instalaciones de la empresa principal.

El trabajador contaba con un arnés con doble línea de vida y doble anclaje, pero habría omitido su uso.( No instalo el arnés).


Fiscalización  Sunafil.
SUNAFIL sancionó a la empresa principal por la falta de coordinación en temas de seguridad y salud en el trabajo con la contratista lo que, en su opinión, causó el 
accidente.

Multa : Totalidad  personal  destacado  de contrata..
Además, aplicó el agravante del artículo 48.1-C del D.S. No. 019-2006-TR (Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo), de modo que el cálculo de la multa se realizó 
en función a la totalidad del personal destacado a sus instalaciones.



En Tribunal Fiscalización Laboral 

La empresa principal  presentó  reclamo al Tribunal Fiscalización 

Resultado:  El criterio  de la multa no aplica ..
En la Resolución de Sala Plena N°002-2025-SUNAFIL/TFL, el Tribunal de Fiscalización Laboral (TFL) estableció los 
siguientes precedentes de observancia obligatoria:

Criterio de multa es solo para trabajadoras empresa principal  no Contrata ..
Los incumplimientos contra la vida y la dignidad en el  trabajo conllevan niveles de sanciones administrativas 
severamente agravadas, como el del artículo 48.1-C, por el que la multa se calcula en función a la totalidad 
de trabajadores de la planilla.

Esta fórmula es razonable y proporcional frente a una relación laboral directa, pero no necesariamente en un 
contexto de subcontratación laboral.


Nuevo Criterio  de  multa  por fallecimiento de Trabajador accidente laboral en caso de Tercerización...
Su aplicación requiere la identificación de los siguientes supuestos:

1. Subcontratación 
íntegra sin confluencia 
de trabajadores de  la
 empresa principal. 

Cuando el destaque de trabajadores a la empresa principal es íntegro y no confluye con trabajadores propios de aquella, la responsabilidad en temas de SST con la multa agravada recaerá directamente en la empresa contratista.

Falta de coordinación.
La responsabilidad y el monto de la sanción contra la empresa principal dependerá de la naturaleza del 
incumplimiento y de la evaluación del nivel de riesgo derivado de la falta de coordinación.

2. Subcontratación 
parcial con confluencia 
de trabajadores de la 
empresa principal.
 

Cuando concurren trabajadores de ambas empresas para realizar labores semejantes, la responsabilidad es 
compartida. 
Por tanto, si se determina que hubo incumplimiento de la empresa principal que ocasionó el accidente, para determinar el monto de la multa se aplicará el artículo 48.1-C del RGIT.

Comportamiento del inspector Sunafil  : El nuevo criterio  señalado , es de aplicación  obligatoria  para los inspectores de Trabajo. 




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