Licencia con goce de haber para exámenes de cáncer ¿ Esta sujeta a compensación de horas ?

 

Licencia con goce de haber para exámenes de cáncer  ¿ Esta  sujeta a  compensación  de horas ?

Actualizate Laboral 

Norma : Ley Nº 31561
Publicado  : 16/08/2022
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Reglamento  : D. S. Nº 001-2024-SA
Publicado     :  20/01/2024
Ver aquí 

Del derecho..

Las trabajadoras tienen derecho a un día de licencia con goce de haber al año, para practicarse  exámenes de detección temprana, según la Ley Nº 31561, Ley de prevención del cáncer en las mujeres y del fortalecimiento de la atención especializada oncológica. 

¿ Quiénes  pueden
 utilizar esta licencia  ?

Pueden hacer uso de esta licencia, tanto las mujeres trabajadoras de la actividad pública y privada, incluida la Policía Nacional del Perú y las Fuerzas Armadas. 


¿ Se debe  compensar  
esas  horas de licencia?

Las horas utilizadas  por la Licencia para descartar cáncer de mama y cuello uterino, no tiene que ser devuelta con trabajo efectivo. 

Es decir, que las trabajadoras que acudan a los centros de salud para practicar estos exámenes, no tienen que compensar las horas que dejaron de laborar.

Licencia con goce de haber para exámenes de cáncer  ¿ Esta  sujeta a  compensación  de horas ?

De la solicitud  permiso  :Procedimiento

Para acceder a la licencia con goce de haber, se debe realizar lo siguiente:

Requisito  previo  :
La cita programada,..

El procedimiento  se inicia con la presentación al empleador de la programación de su cita, la cual puede realizarse en una institución prestadora de salud pública o privada.


El trámite del permiso
  en la empresa..

a  Presentar su solicitud de licencia con goce de haber para exámenes de detección temprana de cáncer de mama y/o de cuello uterino al jefe inmediato.

Adjuntando la programación de su cita.

¿ En que momento?  La presentación de los documentos, sea de manera física o virtual, debe realizarse con una anticipación a la cita programada.

Esta solicitud se realiza con una anticipación a la cita programada de 3 días hábiles, para términos de la suplencia, de corresponder.( Reemplazo  de la Trabajadora  con permiso).

Verificación posterior.  Otorgada la licencia,  la trabajadora  debe demostrar  su atención , con el documento que le otorgue el centro medico.

Esto dentro de los 3 días hábiles siguientes de realizada la atención médica. 

La licencia con goce 
de haber otorgada a
 la trabajadora, es 
pagada por el empleador 
( en su boleta de pago  ) .
y no por EsSalud.

Multas.

De lo señalado,  si la trabajadora  cumple  con presentar  su solicitud  anexado a su constancia  de cita programada  ( mínimo  03 días antes de su realización) ; el empleador  se ve obligado  a buscar su reemplazo  temporal  de la trabajadora  por ese periodo  de tiempo.

Si el empleador  le niega el permiso  ( Por  exceso  de trabajo,  su lugar solo lo puede realizar esa persona,  o simplemente  no desea darle la cita ).

La empresa  puede ser sancionadas por la inspección del trabajo ( Sunafil ).

Esto ante una 
denuncia de la 
trabajadora.

Puesto que es una  infracción  tipificada en el Reglamento de la Ley General de la Inspección de Trabajo como  muy grave. 

En el  caso de una microempresa, la multa puede llegar hasta los S/ 3,638.

Para una pequeña empresa, hasta los S/ 40,927.50.

Para una NO MYPE, hasta los S/ 281,035.50, considerando la UIT vigente ( año 2025).

¿ Se puede subsanar 
esta infracción? .

Es una infracción  insubsanable  debido al daño  causado a la trabajadora,  por negarle su derecho  a la atención médica  , señalada en la ley .

Suscripción 
Actualizate 
Laboral  2025

Aplicación  Derecho laboral Peruana 
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