Todo Trabajador tiene derecho a gozar ( en esencia,( salvo que labore en una Mype o bajo tiempo parcial ) de 1 mes libre y completamente remunerado por parte de la empresa para la cual labora.
El derecho a Vacaciones se genera cada año previo cumplimiento a ciertos requisitos
Requisitos
¿ Es siempre así?
Esto es válido siempre y cuando se cumplan cada uno de los siguientes 5 pasos explicados por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE):
PASO 1
- Tiene derecho a 30 días de vacaciones remuneradas si forma parte de la actividad privada y además cuentas con una jornada laboral igual o mayor a 4 horas diarias.
PASO 2
- Tiene derecho a percibir tu remuneración equivalente a la que recibe habitualmente antes del inicio del descanso vacacional.
PASO 3
- Tiene derecho a 30 días libres y pagados por su empleador mediante el récord vacacional que representa el número mínimo de días efectivamente trabajados que el trabajador debe cumplir dentro del año de servicios.
Ejemplo:
Si trabaja durante 4 horas al día, se computa como un día de labor efectivo / Si trabaja en un día de descanso / Si trabaja en un día domingo / Si trabaja horas extras entre 4 a más horas.
PASO 4
- Tiene derecho al goce de vacaciones considerando que las licencias también ingresan en el cómputo efectivo del récord.
Se suma a la contabilización de los días, el descanso previo y posterior al parto( maternidad ), así como las licencias sindicales solicitadas para participar en una huelga y el tiempo de prueba de los trabajadores.
PASO 5
- Tiene derecho a un descanso vacacional anual de 6 días como part-time o 15 por laborar en una mype ( Microempresa o Pequeña empresa)
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