Días no laborables compensables
Sector Público
- Martes 26 de diciembre de 2023
Norma legal relacionada
Decreto
Supremo que declara días no laborables compensables para los trabajadores del
sector público, durante el año 2023 y enero del año 2024
Norma : D. S
N° 151-2022-PCM
Publicado : 29/12/2022
Días no laborables en el sector público a Nivel Nacional
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Lunes 2 de enero de 2023;
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Viernes 28 de abril de 2023;
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Viernes 30 de junio de 2023;
-
Jueves 27 de julio de 2023;
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Lunes 9 de octubre de 2023;
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Jueves 7 de diciembre de 2023;
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Martes 26 de diciembre de 2023;
-
Martes 2 de enero de 2024.
En el sector Público
Compensación
de horas Las horas dejadas de laborar
durante los días no laborables serán compensadas en los 10 días inmediatos
posteriores, o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad
pública, en función a sus propias necesidades.
Provisión
de servicios indispensables Los titulares
de las entidades del sector público adoptarán las medidas necesarias para
garantizar la provisión de aquellos servicios que sean indispensables para la
sociedad, durante los días no laborables
Tributacion Para fines tributarios, dichos días serán considerados hábiles.
Días no laborables
para Sector Privado
Actividades económicas
de especial relevancia para la comunidad Las entidades y empresas sujetas al régimen laboral de la actividad
privada que realizan servicios sanitarios y de salubridad, limpieza y
saneamiento, electricidad, agua, desagüe, gas y combustible, sepelios,
comunicaciones y telecomunicaciones, transporte, puertos, aeropuertos,
seguridad, custodia, vigilancia, y traslado de valores y expendio de víveres y
alimentos; están facultadas para determinar los puestos de trabajo que están
excluidos de los días no laborables declarados y los trabajadores respectivos
que continuarán laborando, a fin de garantizar los servicios a la comunidad.
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