No.
La Ley exige que:.
Los practicantes deben percibir una subvención no menor a una remuneración mínima vital (RMV), que equivale a 1025 soles, cuando cumplan la jornada máxima, según sea su convenio de prácticas.
Del mismo modo, los practicantes podrán percibir un ingreso adicional equivalente a media subvención económica mensual por cada seis meses de duración de la modalidad formativa, además de gozar de cobertura contra riesgos de enfermedad y accidentes por medio de EsSalud o de un seguro privado.
Asimismo, tienen derecho a descanso semanal, descanso en los feriados no laborables y descanso de quince días debidamente subvencionados cuando su modalidad formativa supere los doce meses.
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