¿ Qué es el Precedente Huatuco?

 


Sector Público 

Expediente N° 05057-2013-PA/TC (Precedente vinculante Huatuco )


Se  establece, con carácter de precedente vinculante, que en aquellos casos en los que se verifique la desnaturalización del contrato temporal o civil, no podrá ordenarse la reposición a plazo indeterminado en el régimen del Decreto Legislativo N° 728.

Esto cuando se evidencie que la parte demandante no ingresó en la administración pública mediante un concurso público de méritos para una plaza presupuestada y vacante de duración indeterminada.


Reposición   :

 Es decir, el Tribunal Constitucional  niega tutela restitutoria a aquellos trabajadores de la administración pública adscritos al régimen del Decreto Legislativo N° 728, que pretenden su reposición como trabajadores a plazo indeterminado por desnaturalización de la contratación modal, sin que hayan ingresado por concurso público de méritos para una plaza presupuestada y vacante de duración indeterminada.


Lea  también  : Reposición  temporal 

Corte Suprema habilita la reposición temporal  Leer aqui

Resumen : Reposición será temporal hasta que la entidad demandada convoque a un concurso público de méritos para el puesto que desempeñaba, que ha de corresponder a una plaza presupuestada y vacante de duración indeterminada.


De modo tal, el contrato de trabajo se extinguiría si la trabajadora no se presenta al concurso o no resultase ganadora.



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