La legislación laboral peruana no ha establecido limitación alguna en cuanto al número de personas que en una misma empresa ,pueda percibir una Gratificación extraordinaria .
Por lo cual , en una misma empresa :
a.- Se puede otorgar una Gratificación extraordinaria a uno o a todos los trabajadores de la misma , sin importar su estatus laboral o tipo de contrato de trabajo.
b. Se puede otorgar en un mismo mes , una gratificación extraordinaria a uno o a todos los trabajadores de una misma empresa.
Más información en ..
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Comentarios o Consultas