La figura se la compensación en la Legislación laboral Peruana no es nueva.
1. Por ordenamiento legal
-Sector Público: Día no Laborable compensable Se compensan las horas no trabajadas como consecuencia de un día declarado no laborable;
- Vacaciones adelantadas: Al término de la relación laboral el empleador podrá recuperar los días de vacaciones adelantadas otorgadas al trabajador , del concepto Vacaciones truncas en la Liquidación Beneficios Sociales
- Sobretiempo con descanso físico Las horas laboradas en Sobretiempo con periodos de descanso de igual duración , previa solicitud y acuerdo entre las partes,.
- Horas por permiso Covid-19 La N° 31632 dispone la forma en que el empleador debe compensar las horas no laboradas, pero sí pagadas, como consecuencia de la licencia con goce de haberes .
Se fija una regla no concordante con la equivalencia de hora no laborada pero pagada, con hora de labor posterior. ( Esto es, hora por hora. )
¿ A qué se refiere ? La compensación se podrá hacer, en un primer supuesto, con horas de trabajo en sobretiempo hasta por dos horas al día,
En un segundo supuesto por capacitaciones fuera de la jornada, pero entendiendo que cada hora laborada o de capacitación ,compensará tres horas de licencia pagada.
La aplicación : Es cierto que en muchos casos la futura compensación no se aplica, bien por motivos de la propia naturaleza de los servicios, como cuando la empresa labora en tres turnos, o bien cuando al empleador no le resulta productivo ampliar su horario: pero de ahí a concluir que la compensación se deberá hacer a razón de tres horas pagadas por una efectivamente laborada, implica un procedimiento lógico que no se llega a entender con claridad.
2 Por acuerdo entre las partes
- Licencia con goce de haber compensable Aunque en este caso se acuerda la compensación de los días de permiso pagados.
- Permiso atención médica Es frecuente , que trabajador con permiso por atención médica , acuerde con su empleador. " recuperar ( compensar) " , las horas dedicadas por este motivo .
- Permiso por fallecimiento de familiar ( sector privado). Este permiso no es pagado ,por lo cual se verán casos de compensación por los días ( 05 de manera general), dedicados a la atención de los tramites o acompañamiento de familiares.
Revista Laboral electrónica Actualizate
Infografia : La Compensación en la Legislación laboral Peruana ( Diciembre 2022)
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