Para saber más: Nueva Ley del Teletrabajo
Por Ley Nº 31572 Publicada el 11 /09/2022 , en el diario oficial de El Peruano , se establecen las disposiciones a ser aplicadas en el Teletrabajo. ( Esta disposicion deroga la Ley 30036, Ley que Regula el Teletrabajo.)
Del empleador
- El empleador tiene las mismas obligaciones que las establecidas para los trabajadores o servidores civiles que laboran bajo la modalidad presencial, de acuerdo al tipo de régimen laboral al que pertenezca cada teletrabajador.
Comunicación
- A comunicar al trabajador o servidor civil o teletrabajador la voluntad, debidamente motivada y con la anticipación correspondiente, de pactar un cambio en el modo de la prestación de labores, a teletrabajo o presencial, mediante cualquier soporte físico o digital que permita dejar constancia de ello.
Evaluación solicitud trabajador
- A evaluar de forma objetiva la solicitud de cambio en el modo de la prestación de labores que presente el trabajador o servidor civil o teletrabajador para optar por el teletrabajo o retornar a labores presenciales.
Condiciones de trabajo
- A entregar las siguientes condiciones de trabajo: equipos y el servicio de acceso a internet o asignar las compensaciones económicas por la provisión de estos al teletrabajador, además de la compensación del consumo de energía eléctrica.
Desconexion digital
- A respetar la desconexión digital del teletrabajador.
Seguridad y salud en el trabajo
- A notificar al teletrabajador sobre los mecanismos de comunicación laboral y las medidas, condiciones y recomendaciones de seguridad y salud en el teletrabajo que deben observarse durante su jornada laboral.
Capacitación
- A capacitar al teletrabajador en el uso de aplicativos informáticos, en seguridad de la información y en seguridad y salud en el teletrabajo.
Registro de los teletrabajadores
El empleador informa al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo sobre la cantidad de teletrabajadores, sea total o parcial, que emplea mediante declaración a través de la planilla electrónica.
- El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo tiene la facultad para verificar la información presentada por el empleador de las instituciones y empresas privadas y supervisar la condición y situación de los teletrabajadores.
Vea también ...
¿ Donde se realiza el Teletrabajo? Ver aqui :
¿ Es obligatorio utilizar el Teletrabajo? Ver aqui
¿Que derechos tiene un teletrabajador? Ver aqui :
¿ Que Obligaciones tiene un teletrabajador? Ver aqui
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