Licencia por fallecimiento de familiares de trabajador en sector privado

 El 22 de setiembre el Congreso ha aprobado el Proyecto de Ley 1340/2022.

Que dispone otorgar una licencia de 5 días calendario a los trabajadores del Sector Privado en caso de fallecimiento de su cónyuge. padres. hijos o hermanos.

Si el fallecimiento ocurre en un lugar geográfico diferente al del centro de trabajo. la licencia se El Regle extenderá por el término de la distancia....


...El Reglamento deberá desarrollar este aspecto.

En caso exista un beneficio similar más favorable. ya sea por políticas del empleador o por convenios colectivos. éste se mantendrá vigente.


El derecho a gozar esta licencia sería exigible desde el día siguiente que la Ley se publique en el Diario Oficial El Peruano.

independientemente de la publicación de su Reglamento



Para saber más: Esta licencia lo vienen gozando los trabajadores  del sector público ( D L. 276 ).


Antes de la expedición de la presente  norma , los trabajadores  del sector privado  , podían gozar de un beneficio  similar siempre que :

a. Fuera por decisión  unilateral  del empleador 

b. Por acuerdo  individual  entre trabajador  y empleador 

c. Por Negociación  Colectiva 

d. Por costumbre en la empresa


Para saber más sobre licencias y permisos  laborales sector privado   ingrese  aqui 


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