Conforme lo establece el Decreto Supremo N° 003-2020-TR, la casilla electrónica constituye un domicilio digital obligatorio, cuyo propósito es el trámite seguro y confiable de las notificaciones en el marco de los procedimientos administrativos y actuaciones de la SUNAFIL.
Recordemos que todo acto emitido por la administración solo será eficaz a partir de su notificación, la misma que debe realizarse con estricta observancia a la ley. La notificación no solo dota de eficacia a los actos administrativos sino también es una obligación de la entidad que los emitió.
Por lo tanto, el uso de la casilla electrónica es una modalidad de notificación y no cabe duda de que su uso es obligatorio, siendo responsabilidad y obligación del administrado, en este caso del empleador, revisar periódicamente la casilla electrónica asignada a efectos de tomar conocimiento de los documentos y/o actos administrativos que se le notifiquen.
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