Se ha publicado el Decreto Supremo N° 015-2022-TR.
Norma : D. S. Nº 015-2022-TR
Publicado : 17/08/2022
Esta disposición establece nuevas multas ante la SUNAFIL
Aplicable a empleadores que incumplan las nuevas normas de tercerización e intermediación laboral.
¿ De que infracciones se trata?
El núcleo del negocio
Lo que no debe hacer el empleador: Si se usa la tercerización laboral para desarrollar actividades que formen parte del “núcleo del negocio”.
Si lo hace y se verifica en Inspección Sunafil : Multa por infracción muy grave, sancionada hasta con 52.53 UIT ( S/ 241,638.00)
Tercerización para labores distintas actividad principal
Lo que no debe hacer el empleador: Si se usa la tercerización laboral para el desarrollo de cualquier actividad distinta a las actividades principales.
Si lo hace y se verifica en Inspección Sunafil : Multa por infracción muy grave, sancionada hasta con 52.53 UIT ( S/ 241,638.00)
Cese de personal destacado
Lo que no debe hacer el empleador: Si se extinguen los contratos de trabajo de los trabajadores que hubieran sido desplazados para el desarrollo de actividades que forman parte del núcleo del negocio, por causas vinculadas con la adecuación a las modificaciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 001-2022-TR, salvo que la empresa principal contrate directamente a dichos trabajadores.
Si lo hace y se verifica en Inspección Sunafil : Multa por infracción muy grave, sancionada hasta con 52.53 UIT ( S/ 241,638.00)
Uso tercerización solo para mano de obra
Lo que no debe hacer el empleador: Si se usa la tercerización laboral como simple provisión de personal.
Si lo hace y se verifica en Inspección Sunafil : Multa por infracción muy grave, sancionada hasta con 52.53 UIT ( S/ 241,638.00)
Omisión de información a trabajadores en tercerización
Lo que no debe hacer el empleador: El incumplimiento del contenido que debe incluirse en los contratos de trabajo de los trabajadores de la empresa tercerizadora, de acuerdo con el artículo 4 de la Ley 29245 o el incumplimiento del deber de informar a los trabajadores encargados de la ejecución de la obra o servicio, a sus representantes, así como a las organizaciones sindicales y a los trabajadores de la empresa principal, según lo establecido en el artículo 6 de la Ley 29245.
Si lo hace y se verifica en Inspección Sunafil : Multa por infracción grave, sancionada hasta con 26.12 UIT (S/ 120,152.00)
¿ Cual es la tabla de multas vigentes Sunafil ?
En agosto vencerá plazo para adecuar contratos de tercerización
Para revisar:
Nuevad reglas establecidas en el Decreto Supremo N° 001-2022-TR, que modificó el Decreto Supremo N° 006-2008-TR, el cual aprobó el Reglamento de la Ley N° 29245 y del Decreto Legislativo N° 1038, que regulan los servicios de tercerización.
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