¿La prestación de servicios por más de 10 años convierte a un locador en un trabajador?

 


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La subordinación es un rasgo fundamental en el contrato de trabajo. En caso no se presente dicho elemento constitutivo, la relación laboral será inexistente; con independencia de la duración y naturaleza que pueda tener el vínculo contractual que une a las partes. 

El caso ..

En la Casación Laboral N° 14989 - 2019 - LA LIBERTAD, la Corte Suprema concluye que no se han demostrado los elementos constitutivos de la relación laboral: 

(i) prestación personal, (ii) remuneración y (iii) subordinación, a pesar de que el demandante prestó servicios por más de 10 años para la empresa. 

En la sentencia, la Corte Suprema examinó cada uno los elementos esenciales de una relación laboral, concluyendo lo siguiente: 

a) Prestación personal: No se acredita este elemento pues el demandante ha reconocido que por algunos días prestó  servicios a través de un tercero. 

b) Remuneración: Si bien existen recibos por honorarios que  contienen una suma fija y continua en el tiempo, ello se debe al servicio de movilidad que prestaba para la empresa. 

c) Subordinación: No se acredita este elemento ya que el demandante nunca conoció las instalaciones de la empresa ni  al jefe de recursos humanos, no estaba sujeto a un horario, y era el propietario de los vehículos que conducía. 

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