Compensación por tiempo de servicios
Deposito semestral
No.
La remuneración computable está comprendida por la remuneración básica y todas las cantidades que el trabajador perciba regularmente, sea en dinero o en especie, como contraprestación de su labor, cualquiera sea la denominación que se le dé, siempre que sean de su libre disposición.
Se incluye en este concepto el valor de la alimentación principal cuando es proporcionada por el empleador.
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