Fuente: Resolución 291-2021-Sunafil/TFL
El Tribunal de Fiscalización Laboral aclaró que no existe una modalidad específica, ya sea física o virtual, por la que el empleador esté obligado a acreditar la entrega de las copias de los contratos de trabajo a sus trabajadores.
Sobre el caso.
En este caso, la empresa fue sancionada por no hacer entrega de las copias de los contratos de trabajo.
El Tribunal señaló que la empresa acreditó la remisión vía electrónica de los contratos laborales de un total de 6 trabajadores pero la autoridad sancionadora( sunafil) lo consideró insuficiente para desvirtuar la infracción.
Es así que la Sala considera que no existe norma alguna que obligue al empleador a entregar los contratos a través de alguna norma especifica.
Por tanto el recurso se declara fundado en este extremo
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Comentarios o Consultas