¿En que casos el empleador puede retener la CTS del trabajador?

 


En la legislación  laboral  Peruana   se establece  uns situación específica  , esto al termino  de la relación  laboral. 

Despido  por falta grave.

El empleador  puede interponer una demanda por daños  y perjuicios. 

Esto en un plazo de 30 días naturales de ocurrido  el despido.


El empleador debe de demostrar al banco que hay un procedimiento de despido que le ha causado un perjuicio económico.
En ese caso, el empleador debe de demandar al empleado en un periodo de 30 días de haber vencido el vínculo laboral, con esta demanda el empleador logra retener la CTS en el banco hasta que se emita un fallo judicial.


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