¿ Como se paga el feriado 01 de Enero 2020?






Derecho al descanso pagado
 Los trabajadores tienen derecho a descanso remunerado en los días feriados señalados en la ley , así como en los que se determine por disposición legal expresa
 Articulo 6 D. Leg 713

Oportunidad del descanso
 Los feriados establecidos se celebraran en la fecha respectiva
 Articulo 7 D.Leg 713 sustituido por Ley 26331 artículo único

Remuneración por el feriado
 Los trabajadores tienen derecho a percibir por el día feriado no laborable la remuneración ordinaria correspondiente a un día de trabajo.
 Articulo 8 D.Leg 713


La remuneración por los días feriados  será objeto de descuento en caso de que el trabajador se haya ausentado injustificadamente a laborar en el periodo correspondiente.


Sobretasa

 El trabajo efectuado en los días feriados no laborables sin descanso sustitutorio dará derecho al pago de la retribución correspondiente por la labor efectuada , con una sobretasa de 100 %
Articulo 9 D. Leg 713

El trabajo realizado en día feriado con descanso sustitutorio del descanso, se remunera de modo simple.

Caso  práctico 





 ______________________________________________________________________

Conviertase en seguir del blog legislacion laboral

Reciba en su correo personal   novedades de legislación laboral comentada y analizada de la manera mas ágil y directa posible.

 Suscribirse boletin legislacion laboral peruana
Suscribase

INGRESE AQUI
==================================================



Editor : Lic. Ricardo Candela Casas
==========================

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Comentarios o Consultas

La exigencia de tolerancia ingreso

  En normativa nacional ¿se detalla algo sobre la tolerancia al horario de ingreso al centro de trabajo ?, ¿En que casos pueden descontarte ...

Vea tambien ...