Sobre los días feriados
El martes 08 de octubre de 2018 es día feriado no laborable a nivel nacional, tanto para el sector público como para el sector privado.
El martes 08 de octubre de 2018 es día feriado no laborable a nivel nacional, tanto para el sector público como para el sector privado.
¿ Eso qué significa ?
Que por ley no debe asistir a laborar dicho día.
Caso Nro 1: Usted descansa el 08 de Octubre 2019
¿ Pero me pagaran dicho día?
Si , la ley establece que dicho día es pagado sin asistir a laborar
Ejemplo : Si usted gana S/ 100.00 diarios
Por el feriado del 08 de Octubre , sin asistir a laborar le deben pagar S/ 100.00
Esto siempre y cuando no tenga alguna inasistencia en la semana.
Es decir si asistio a laborar el lunes 07 de Octubre.
Caso Nro 02 : Usted descansa el 08 de Octubre , pero falto el 07 ...
Como se indico el pago es proporcional .
¿ Y esto porque?
Por que el feriado esta sujeto a pago proporcional si existe alguna inasistencia en la semana en la cual se encuentra dicho dia.
Caso Nro 03 : El empleador quiere obligarlo a que laborare el 08 de Octubre
Mi empleador quiere que labore
hasta el mediodía del 08 de Octubre ¿Es eso posible?
No.
El 08 de Octubre es día no laborable completo.
No.
El 08 de Octubre es día no laborable completo.
Caso Nro 04 : El empleador le indica que debe recuperar las que no laboro el 08 de Octubre.
Recuperación de horas no
laboradas
¿ La empresa me indica que debo recuperar las horas que no laborare el 08 de Octubre ?
No procede dicha recuperación.
El goce del feriado no laborable , no está sujeto a recuperación de horas según la ley .
¿ Pero si insiste y me indican que me descontaran si recupero ?
Es un acto de hostilidad que debe ser informado a la SUNAFIL.
¿ La empresa me indica que debo recuperar las horas que no laborare el 08 de Octubre ?
No procede dicha recuperación.
El goce del feriado no laborable , no está sujeto a recuperación de horas según la ley .
¿ Pero si insiste y me indican que me descontaran si recupero ?
Es un acto de hostilidad que debe ser informado a la SUNAFIL.
Traslado del día feriado
Caso Nro 05 : El empleador traslada el descanso del feriado a otro dia por decisión propia
Este día feriado se goza en la fecha indicada ( 08 de Octubre ) , no se traslada a otro día , salvo que medie acuerdo entre empleador y trabajador para trasladar la oportunidad del descanso.
Caso Nro 05 : El empleador traslada el descanso del feriado a otro dia por decisión propia
Este día feriado se goza en la fecha indicada ( 08 de Octubre ) , no se traslada a otro día , salvo que medie acuerdo entre empleador y trabajador para trasladar la oportunidad del descanso.
¿ Y ese acuerdo debe ser escrito o solo es verbal ?
Debe ser escrito
¿ El Ministerio de trabajo debe estar enterado de esto?
Sí.
El empleador debe enviar una copia del acuerdo al Ministerio de trabajo
Caso Nro 06 : Traslado del descanso feriado 08 Octubre por coincidir con Descanso semanal Obligatorio
¿ Existe obligación de trasladar el día feriado no laborable a otro día , cuando coincide con mi descanso semanal ?
No existe obligación laboral de trasladar el día feriado 08 de Octubre, cuando éste coincida con un día no laborable en la empresa o con el descanso semanal obligatorio.
Ejemplo : Manuel a la semana debe descansar los martes.
Eso no obliga a la empresa a cambiar su descanso a otro día de la semana para que pueda gozar del feriado .
Caso Nro 07 : Usted trabaja el 08 de Octubre 2019 y acuerda descansar el feriado el 15 de Octubre
¿Como seria el pago?
Se le pagara como un día normal.
Puesto que usted goza del descanso por acuerdo con su empleador.
Ejemplo :
Remuneración diaria : S/ 100.00
Laboral el Feriado 08 de Octubre
Descansa por el feriado el 15 de Octubre.
Pago por el feriado : Solo S/ 100.00
Caso Nro 08 : Usted trabaja el 08 de Octubre 2019 , pero no existe fecha para que descanse .
¿ Como seria el pago?
Al no tener una fecha cierta de descanso , el empleador estara obligado a indemnizarlo.
Es decir debera :
a.- Pagarle una remuneración por el feriado 08 de Octubre
b.- Pagarle una remuneracion por el tiempo laborado e1 08 de Octubre sin descanso conocido
c.- Pagarle una remneración por el descanso no reconocido por el empleador.
Ejemplo : Si gana S/ 100.00
Y no tiene un descanso acordado y conocido por el feriado 08 de Octubre , a pesar de haberlo trabajado.
S/ 100.00 por feriado 08 de Octubre 2019
S/ 100.00 por laborar el feriado 08 de Octubre 2019 sin descanso acordado
S/ 100.00 como indemnización por no cumplir con las normas del feriado.
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Dudas frecuentes ....
Planilla
¿ Se requiere estar en planilla para ser considerado trabajador?
¿ Puede existir una empresa sin trabajadores?
Contrato
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¿ Que tipo de contrato laboral es mas conveniente aplicar en la empresa ?
¿ Todo contrato laboral es escrito?
Remuneración
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Remuneración
¿ Todo trabajador debe recibir la remuneración mínima vital?
Gratificación
Gratificación
¿ Es la gratificación legal un pago obligatorio para toda empresa?
Asignación familiar
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¿ La asignación familiar es un porcentaje del sueldo del trabajador ?
¿ La asignación familia es por cada hijo?
Vacaciones
¿ Se puede renunciar al goce vacacional ?
¿ Las vacaciones anuales son siempre por 30 días?
Sobretiempo
¿ El sobretiempo es obligatorio?
¿ Se puede pagar una sobretasa del 200 % por sobretiempo?
Participación en las utilidades?
¿ Toda empresa debe entregar utilidades a sus trabajadores ?
Descuentos
¿ Al trabajador se le descuenta por atenderse en el EsSalud?
¿ El trabajador puede solicitarle a su empleador que no le retenga por pensiones?
Y mas ....
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