¿Qué alternativas
tiene el empleador ante la negativa del trabajador de recibir su boleta de
pago?
1. En principio es obligación del empleador entregar y probar la entrega de la boleta de pago. Asimismo, debe probar el pago (ello no es problema cuando existe la constancia de la transferencia al Banco).
2. En caso de inspección, el empleador debe probar que quiso entregarlas y el trabajador no las recibió. Al respecto consideramos que hay tres opciones:
a. Convencerlo que firme la boleta de pago y que si quiere coloque que no está de acuerdo con el contenido, registro que no tiene ningún efecto legal.
b. Mandarle una carta notarial señalando que ante la resistencia de firmar la boleta de pago se la envía por vía notarial.
c. Enviarle un memorando requiriéndole que se acerque a firmar las boletas de pago y que si desea pueda hacer su reclamo.
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Al adquirir el Manual ABC de la legislación laboral peruana 2019 usted recibirá :
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