¿ Como despedir a un trabajador con mas de 70 años?


Cuando el trabajador permanezca laborando más allá de los 70 años, el empleador mantendrá la facultad de comunicarle la extinción del vínculo laboral, sin derecho a indemnización por la conclusión de este.[1]

Base legal : Sentencia recaída en la Casación N° 4542-2017 del Santa, emitida por la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria


Fundamento
De acuerdo con el artículo 21 de Texto Único Ordenado (TUO) del Decreto Legislativo N° 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral (TUO de la LPCL), la jubilación es obligatoria y automática en caso de que el trabajador cumpla 70 años, salvo pacto en contrario.


 No obstante, el supremo tribunal considera que si bien este artículo hace referencia a la posibilidad de celebrarse un pacto en contrario para que el trabajador que cumplió 70 años continúe su vínculo laboral, la decisión del empleador de dar por terminado el contrato de trabajo no puede estar supeditada a la comisión de una falta grave.

Sostener lo contrario significaría que el trabajador  preste servicios en forma indefinida, lo que contraviene el artículo 1365 del Código Civil de aplicación supletoria, referido al fin de los contratos continuados.

El colegiado vincula, entonces, el artículo 21 con el 16 del TUO de la LPCL, que detalla como causa justa de extinción del contrato “la jubilación” y dispone la jubilación obligatoria y automática cuando el trabajador cumple los 70 años.

En consecuencia, para la Corte Suprema, si el trabajador permanece en el trabajo más allá de los 70 años, el empleador mantiene la facultad de comunicarle la extinción del vínculo laboral, sin derecho a la indemnización, pues la voluntad presunta del legislador es la protección del trabajador, estableciendo un límite al ciclo laboral, favoreciendo la jubilación.

Trascendencia
Con esta sentencia se consolida la posición de la Corte Suprema respecto a que cuando un trabajador tiene 70 años y continúa laborando en el centro de trabajo no se debe entender que hay un acuerdo tácito para que labore en forma indefinida

Sin embargo, el trabajador con 70 años puede pedirle al empleador suscribir un acuerdo para continuar laborando con estabilidad laboral.

En ese caso, el trabajador solo podría ser despedido por causa justa.



[1] En caso no exista pacto en contrario.



Manual Extinción de la relación laboral por jubilación



Ver mas información aqui




No hay comentarios:

Publicar un comentario

Comentarios o Consultas

Descanso Medico y pago CTS

  Por excepción , también son computables para el calculo de la compensación por tiempo de servicios: a) Las inasistencias motivadas por : -...

Vea tambien ...