Si gana hasta S/ 2,100 al mes no pagara renta de quinta categoría en el 2019


¿ Por que ?
¿ Han modificado las normas del impuesto a la renta?
¿ Cuando salio publicado?



Un daño colateral 
Es una consecuencia del incremento de la UIT elevará el rango de exoneración del pago del IR.

¿ Y eso?
El 18 de Diciembre 2018 , el Gobierno oficializó la nueva Unidad Impositiva Tributaria (UIT) para el 2019, la cual subirá de S/ 4,150 a S/ 4,200.

¿ Y a quienes mas beneficia esto?
Esto beneficiará tanto a los trabajadores en planilla como los independientes, pues se ampliará el rango de exoneración del pago del Impuesto a la Renta (IR).

Caso trabajador en planilla 
En el caso de los trabajadores dependientes (en planilla), al tener rentas de quinta categoría, están exonerados del pago del IR quienes reciban ingresos anuales hasta por 7 UIT, pues esta es la deducción que se aplica antes de calcular el pago del impuesto.

Con la actual UIT, este año están exonerados del pago del IR quienes ganen hasta S/ 29,050 al año o S/ 2,075 al mes.

Con el incremento de la UIT, la exoneración en el 2019 será para quienes ganen hasta S/ 29,400 al año o S/ 2,100 al mes.

¿' Ese monto como se obtiene?
La cifra de S/ 2,100 se obtiene al dividir S/ 29,400 / 14.
Se toman en cuenta los doce sueldos, además de las dos gratificaciones.


 En este cálculo no se suman los pagos de la CTS, pues están exonerados de impuestos.

Tampoco las utilidades, pues si bien sí tributan, el pago se realiza el mismo mes del depósito y no se toma en cuenta por la empresa al calcular el IR anual del trabajador.


Los que sí pagarán impuestos el 2019
Si un trabajador en planilla tiene ingresos anuales por más de 7 UIT (S/ 29,400), al monto sobrante se aplica una tasa del IR -diferenciada por tramos- para determinar el impuesto a pagar.

Así, si el monto sobrante de las 7 UIT se ubica hasta en 5 UIT (S/ 21,000), se aplicará una tasa de 8% sobre este monto y el resultado será el impuesto a pagar.

Para el tramo entre las 5 hasta 20 UIT, la tasa del IR será de 14%.


Para el tramo entre las 20 y 35 UIT la tasa de IR será de 17%; para el tramo entre las 35 y 45 UIT la tasa será de 20% y para el tramo superior a las 45 UIT la tasa será de 30%.

¿ Complicado ?

Catalogo manuales aplicación de la legislación laboral peruana 2018


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