Incremento de remuneraciones y la compensacion por tiempo de servicios

¿ Como debe actuar el empleador ante un incremento de remuneraciones , considerando la compensación por tiempo de servicios ?

Ver manual compensacion tiempo de servicios

Todo incremento de remuneraciones que importe el abono de algún reintegro de compensación por tiempo de servicios, debe depositarse sin intereses, dentro de los quince días naturales posteriores a la fecha de publicación de la disposición gubernamental, o de la firma de la convención colectiva, o de la notificación del laudo arbitral, o de la fecha en que se hizo efectiva la decisión unilateral del empleador o de cualquier otra forma de conclusión de la negociación colectiva que señale la ley, según corresponda

TUO D.Leg 650 : TUO D.Leg. 650 (D.S. 001-97-TR) , articulo 31
Reglamento : D.S. 004-97-TR

Ejemplo : Un trabajador  tenia una remuneración mensual hasta el  30 de Octubre 2017 de S/ 1,000 .

Por un convenio colectivo del sindicato , suscrito el  05 de Noviembre 2017 al cual pertenece se logra un incremento en la remuneración de los sindicalizados de S/ 50.00 diarios a partir de 01 de Setiembre 2017 hasta el  30 Agosto del 2018.

La compensación por tiempo de servicios  ya fue depositada  correspondiente al periodo Mayo -Octubre 2017 , considerando la remuneración de S/ 1,000

¿ Cual es la obligación del empleador?
Debe recalcular el importe de la compensación por tiempo de servicios , considerando como remuneración afecta la diferencia S /50.00  , por 02 meses  ( setiembre y Octubre 2017I

Ese monto debe ser depositado en la entidad financiera elegida por el trabajador dentro de los 15 dias calendario de firmado el convenio colectivo.

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