Para eso el empleador puede optar por dos posiciones :
a.- Pedir permiso al trabajador
Permiso al trabajador para acceder al correo electronico , o a las personas que participaron en la comunicacion , para que compartan sus conunicaciones.
Se puede pedir permiso al trabajador de manera especifica o mediante la aplicación , al ingreso del consentimiento informado .
¿ Eso que significa ?
La empresa previamente requerira al trabajador la aceptacion expresa e individual de que leeran sus correos electronicos para fines laboales ; el trabajador conoce la politica y acepta que puede haber lecturas de sus correos elecronicos , lo cual no seria una imposisicion unilateral , sino la aceptacion de cada trabajador.
Debe hacerse de manera indivual mediante un documento escrito.
Una mala practica : En algunas empresas , se exige al trabajador que le entregue a su empleador la clave se acceso al correo .
En otros es la empresa quien crea el clave de acceso , no pudiendo modificarla el trabajador sin permiso especifico.
b.- Mediante un proceso judicial
Solo a traves de una orden judicial el empleador podra revisar el contenido de los correos corporativos del trabajador.
¿ Por que se debe actuar de esa manera?
El tema es el secreto e inviolabilidad de las comunicaciones.
Existen pronunciamientos del Tribunal constitucional sobre el tema .
Tribunal constitucional
Solo por orden judicial el empleador podra acceder al correo electronico otorgado al trabajador
Base legal : exp. 1058-2004-AA/TC
Si el objetivo del empleador es determinar si el trabajador uso el correo electronico de manera desproporcionada en horas de trabajo para fines distintos a los laborales , la unica forma de demostrarlo es iniciando un procso judicial
Base legal :exp 04224-2009-PA/TC
La mensajeria instantanea y el correo electronico proporcionado por el empledor a su personal estan protegidos por el secreto e inviolabilidad de las comunicaciones y su acceso solo podra realizarse con autorizacion judicial
base lega : exp. 03599-2016-PA/TC
¿ Y que dice el Poder Judicial sobre el tema ?
La politica incluida en el reglamento interno que determina la facultad del empleador de revisar los correos corporativos asigando al trabajador , es una disposicion vulnera el derecho a la intimidad de los trabajadores , asi como a la inviolabilidad de las comunicaciones , indicando que solo se prodra acceder al contenido por mandato judicial
Base legal : Cas Lab 14614-2016-Lima
El reglameno interno
Si usted en su reglamento interno tiene una clausula como esta :
"El correo corporativo es de propiedad de la empresa y en cualquier momento puede ser intenvenido para verificar su uso adecuado, asi como su contenido como prueba judicial"
Le informamos que debe cambiarlo , por algo como el siguiente :
"Solo se usan los correos electronicos para fines laborales y ninguna actividad ilicita"
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