Deudas del trabajador a ser descontadas de la compensacion por tiempo de servicios

Un trabajador se retira de la empresa , pero  tiene una deuda  de S/ 8,000 soles en rendiciones pendientes .

Su liquidación integra no alcanzaría para el pago de ello

¿ Como procedo para realizar el descuento por la deuda de S/ 8.000?
¿ Puede descontrarle toda la compensación por tiempo de servicios?


La compensación por tiempo de servicos tiene protección contra los descuentos que desea hacer el empleador

Los depósitos de la compensación por tiempo de servicios, incluidos sus intereses, son intangibles e inembargables salvo por alimentos y hasta el 50%. 

La compensación por tiempo de servicios y sus intereses sólo pueden garantizar sumas adeudadas por los trabajadores a sus empleadores por concepto de : 
- Préstamos del empleador 
- Adelantos de remuneración 
- Venta o suministro de mercadería producida por el empleador, 
- Los préstamos y sus intereses otorgados al trabajador por las Cooperativas de Ahorro y Crédito a que pertenece
 - Los préstamos y sus intereses otorgados por el depositario. 

Siempre que no excedan en conjunto del 50% del beneficio. 

Sobre la deuda del trabajador 
En su caso , lo que deberia hacer es hacer firmar al trabajador el monto de lo que adeuda indicando la forma de pago.

La Compensacion por tiempo de servicios no seria incluida en los conceptos a ser descontados de la liquidación ( llamese  vacaciones truncas o por gozar , gratificacion trunca ) .

Y esperar a que el año proximo se le descuento lo que salda de sus utilidades.

Legalmente , mas no puede hacer.

En lo sucesivo con sus trabajadores , debera establecer un mecanismo interno con apoyo del area contable para evitar este tipo de situaciones.


Catalogos manuales de legislación laboral peruana 2017

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