Conforme al art. 9 del D.Leg. 713 (Legislación sobre descansos remunerados) el día feriado laborado puede ser sustituido por un día libre o de descanso.
Ello permite que el empleador no tenga la obligación de pagar ese día laborado con la sobretasa del 100% a que se refiere dicha norma.
¿ El trabajador se puede negar a que el tiempo laborado en dia feriado se goce en otra fecha ?
No.
La legislación laboral le da esa facilidad al empleador ,
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