¿ Si actualmente estoy bajo un contrato por necesidad del mercado pueden cambiarme mi contrato al de otra naturaleza es decir al de naturaleza accidental por suplencia ?
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Aquí se presentan dos situaciones en las cuales usted como trabajador debe decidir.
a.- Usted acepta el cambio
Si usted acepta el cambio del tipo de contrato suscrito debe comprender desde el inicio de sus labores .
Total un contrato es un acuerdo entre el trabajador y el empleador.
Firmara el nuevo documento y recibirá una copia.
Recuerde que entre un contrato por necesidad de mercado y uno de suplencia existe una gran diferencia .
Pero es su decisión.
Para saber mas : En la actualidad ya no se envía copia del contrato al Ministerio de trabajo para su registro.
Eso facilita el cambio.
b.- Usted no acepta.
Solo es posible realizar dicho cambio una vez concluido el vigente .
El empleador no puede obligarlo .
Salvo que usted renuncie y lo vuelvan a contratar.
Los requisitos a respetar
La celebración de un contrato sujeto a modalidad esta sujeta a ciertos requisitos .
Entre ellos lo relacionado al " motivo " de la contratación .
El contrato por necesidad de mercado tiene un sustento , en cuanto al motivo diferente al de suplencia.
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