Requisitos para recibir la gratificación Navidad 2016



¿Existe algún requisito para percibir la gratificación por Navidad 2016?

Sí, en el regimen laboral de la actividad privada , para percibir la gratificación por Navidad 2016  , el trabajador debe :

a.- Encontrarse efectivamente laborando durante la primera quincena de diciembre
Es decir del 01 al 15 de Diciembre 2016

Una aclaración de la ley : Se considera que el trabajador se encuentra laborando efectivamente tambien en el caso de estar en uso de:
-  Descanso vacacional,
-  De  permiso otorgado por el empleador   con goce de remuneraciones
-  Estar percibiendo  subsidios de la seguridad social o por accidentes de trabajo

b.- haber laborado como minimo un mes en el semestre correspondiente
VER AQUI
Es decir : Haber laborado Julio , Agosto , setiembre ,Octubre , Noviembre o Diciembre.

Para aclarar : El mes de Diciembre se considera trabajado .
En realidad se proyecta que el trabajador laborara todo el mes .

¿ Si al momento de pago no tiene un mes del semestre ?
No le correspondera gratificación por navidad.

Ejemplo : Si ingreso el 02 de Diciembre 2016
No tendria un mes de labores.

Caso contrario seria si ingreso el 01 de Diciembre 2016
Tendria un mes de labor ( proyectada) , por lo cual recibiria la gratificación por navidad 2016 equivalente a un mes.

Referencia: Artículo 6° de la Ley N° 27735 y artículo 2° del Decreto Supremo N° 005-2002-TR.


Ver mas información en :

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Comentarios o Consultas

La exigencia de tolerancia ingreso

  En normativa nacional ¿se detalla algo sobre la tolerancia al horario de ingreso al centro de trabajo ?, ¿En que casos pueden descontarte ...

Vea tambien ...